Autorizan ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, durante el año 2025
Resolución Jefatural
Nº 016-2025-INEI
Lima, 21 de enero de 2025
Visto, el Oficio Nº 000011-2025-INEI/DTIE de la Directora Técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, y tiene como una de sus funciones producir y difundir los índices de precios al consumidor; así como, el comportamiento de las principales variables económicas del país;
Que, de acuerdo al artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, es el órgano responsable de normar, coordinar, supervisar y evaluar, la elaboración de los índices e indicadores de coyuntura que realizan los órganos del Sistema; asimismo, señala que tiene entre sus funciones y atribuciones: planear, ejecutar, supervisar y evaluar, los estudios e investigaciones orientadas a la previsión del comportamiento de las principales variables económicas coyunturales; así como, elaborar índices e indicadores macroeconómicos, que no pueden ser ejecutados por los órganos del Sistema;
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, desde el año 2015, viene captando en forma continua la información de precios a través de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, dirigida a empresas productoras de bienes de los sectores Agropecuario y Pesca, Explotación de Minas y Canteras e Industrias Manufactureras, ubicadas en el territorio nacional;
Que, mediante el documento del visto, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, a fin de continuar con la ejecución de la citada investigación estadística, solicita se autorice la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” durante el año 2025; para cuyo efecto adjunta el Informe N° 001-2025-INEI/DTIE-DEIPRE-DOIP, Ficha Técnica y el Formulario a utilizar en la referida Encuesta;
Que, la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, durante el año 2025, permitirá captar estadística básica para elaborar el Índice de Precios de Productor y medir la variación de los precios de productor en el primer tramo de la comercialización de una canasta representativa de bienes nacionales en un periodo determinado;
Que, en ese sentido, resulta conveniente autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, durante el año 2025; así como, aprobar el formulario a diligenciarse en la mencionada investigación estadística, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;
Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos; la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, durante el año 2025, dirigida a empresas productoras de bienes pertenecientes a los sectores Agropecuario y Pesca; Explotación de Minas y Canteras e Industrias Manufactureras, a nivel nacional; a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
Artículo 2.- Aprobar, el formulario de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor”, que forma parte de la presente Resolución;
Artículo 3.- El formulario de la “Encuesta Mensual del Índice de Precios de Productor” aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución, será remitida por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), a las empresas seleccionadas, para su diligenciamiento y remisión al Instituto Nacional de Estadística e Informática dentro de los diez primeros días útiles del mes siguiente al que corresponde la información.
Artículo 4.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información, que incumplan con la remisión de los formularios diligenciados en el plazo establecido, serán pasibles de sanción conforme lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.
PETER ABAD ALTAMIRANO
Jefe (e)
2364664-1