Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo al Reino de Arabia Saudita y encargan su Despacho al Ministro de Salud
resolución suprema
N° 011-2025-PCM
22 de enero de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta de fecha 30 de octubre de 2024 el Ministro de Recursos Humanos y Desarrollo Social del Reino de Arabia Saudita invita al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo para participar en la Mesa Redonda Ministerial que se llevará a cabo, junto con la Conferencia Mundial del Mercado Laboral (GLMC), a desarrollarse los días 29 y 30 de enero de 2025, en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita;
Que, la GLMC es una plataforma global que reúne a gobiernos, instituciones, expertos, académicos y actores del sector laboral, con el fin de debatir las condiciones del mercado laboral y encontrar soluciones a la problemática relacionada con el mismo;
Que, la Mesa Redonda Ministerial involucra a los responsables de la formulación de políticas en la GLMC, en tanto busca la colaboración de una amplia gama de partes interesadas, siendo que el citado evento contará con la participación de ministros de trabajo de todo el mundo, quienes compartirán las experiencias de su propio mercado laboral y debatirán soluciones innovadoras para fortalecer el empleo juvenil en mercados diversos; su impacto en la economía nacional; la conexión orgánica con el sector productivo; y, el rol de la inteligencia artificial en la modernización laboral;
Que, asimismo, durante el desarrollo del referido evento, se han programado reuniones bilaterales con autoridades de gobierno y organismos internacionales, a efectos de tratar temas de trabajo y empleo;
Que, es de suma importancia la participación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo en el evento convocado y reuniones conexas, en tanto permitirá establecer alianzas con una red de actores clave para abordar los desafíos del mercado laboral del país;
Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 28 de enero al 1 de febrero de 2025, para participar en el citado evento y reuniones conexas;
Que, la GLMC financiará el costo de los pasajes aéreos y viáticos que ocasione la participación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; por lo que la misma no irrogará gastos al Tesoro Público;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 28 de enero al 1 de febrero de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor, CESAR HENRY VASQUEZ SANCHEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Salud, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no genera gasto al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2364614-3