Aprueban la Agenda Regional Agraria - ARA 2024 - 2028
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
Nº 530-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 3 de mayo de 2024
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “AGENDA REGIONAL AGRARIA - ARA 2024 - 2028”
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
Que, los literales a) y b) del artículo 51° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional tiene competencia de Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales. Y Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales.
Que, en literal b) del artículo 3º de la Resolución Ministerial N° 206-2021-MIDAGRI, precisa que el Gobierno Regional es Miembro del Comité de Gestión Regional Agrario de Huancavelica - CGRA a través del Director Regional de Agricultura a su vez quien preside el CGRA, Gerente Regional de Desarrollo Económico, Directores de las Agencias Agrarias, Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Jefes y/o Directores de los proyectos especiales dependientes del Gobierno Regional. Asimismo, en la cuarta Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 206-2021-MIDAGRI establece que, para la conducción del desarrollo territorial agrario, cada Comité de Gestión Regional Agrario - CGRA, formula, eleva en consulta y aprueba mediante acta y con Ordenanza o Resolución Regional o Municipal según corresponda, la Agenda Regional Agraria - ARA (con un horizonte de cinco años), en un plazo no mayor de tres meses a partir de la aprobación del citado reglamento.
Que, mediante la Resolución Ministerial N°461-2022-MIDAGRI, aprueba los lineamientos de alcance sectorial, LI N° 01-2022-MIDAGRI/DGGT-DAII, “Lineamientos para el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de la Agenda Regional Agraria”, precisando en el capítulo VII (7.4.2) La Agenda Regional Agraria - ARA aprobado por el CGRA se presenta al GORE para su aprobación mediante Ordenanza Regional.
Que, mediante el acta 05-2024 del Comité de Gestión Regional Agrario - CGRA de fecha 03 de abril 2024, se acuerda Por unanimidad de los Miembros asistentes a la reunión, aprobar la Agenda Regional Agrario de Huancavelica 2024 - 2028 y elevar al Consejo Regional para su aprobación y emisión de la Ordenanza Regional.
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su correspondencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la “AGENDA REGIONAL AGRARIA - ARA 2024 - 2028, como instrumento de gestión normativo, rector del desarrollo agrario de la Región Huancavelica, que contiene los ejes, acciones, matrices de acuerdos, cartera de proyectos y matriz de articulación a la política agraria nacional, articulado a los proyectos de desarrollo regional y nacional, con la participación concertada y sostenible de los diversos actores.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo económico del Gobierno Regional de Huancavelica, Dirección Regional Agraria de Huancavelica, Miembros del Comité de Gestión Regional Agrario - CGRA y otras instituciones; la aplicación e implementación pertinente de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional Agraria de Huancavelica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Cuarto.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica, a los tres días del mes de mayo de 2024.
JOSÉ TORRES HUAMANÍ
Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los diez días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
LEONCIO HUAYLLANI TAYPE
Gobernador Regional
NOTA: La presente norma deberá ser publicada en la separata Normas Legales y su anexo se podrá visualizar en el siguiente enlace web del Gobierno Regional de Huancavelica: http://old.regionhuancavelica.gob.pe/descargas/index.php/doc/31588
2364507-1