Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento del Servicio de Transporte Terrestre de la Provincia de Huancayo, aprobado mediante D.A. N° 007-2012-MPH/A

RESOLUCIÓN nº 0697-2024/SEL-INDECOPI

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 16 de diciembre de 2024

ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Municipalidad Provincial de Huancayo

NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: El artículo 19 del Reglamento del Servicio de Transporte Terrestre de la Provincia de Huancayo, aprobado mediante Decreto de Alcaldía 007-2012-MPH/A

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0013-2024/CEB-INDECOPI-JUN del 5 de abril de 2024

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL

La limitación del plazo de vigencia de seis (06) años de la “renovación de la autorización municipal para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la modalidad de auto colectivo”, materializada en el artículo 19 del Reglamento del Servicio de Transporte Terrestre de la Provincia de Huancayo, aprobado mediante Decreto de Alcaldía 007-2012-MPH/A.

SUSTENTO DE LA DECISIÓN:

El Decreto de Alcaldía 007-2012-MPH/A es una norma reglamentaria que requiere de una norma sustantiva, en particular una ordenanza, que la habilite, conforme al artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual establece que los decretos de alcaldía deben desarrollar normas reglamentarias y de aplicación para las ordenanzas. Sin embargo, en el presente caso, el mencionado Decreto de Alcaldía no cuenta con una ordenanza que respalde su existencia, lo que hace que la medida impuesta sea ilegal.

GILMER RICARDO PAREDES CASTRO

Presidente

2363662-1