Decreto Supremo que aprueba los montos máximos de recursos que corresponde a cada gobierno regional por el cumplimiento de las metas establecidas en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2024 - 2025

DECRETO SUPREMO

Nº 001-2025-MIDIS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano. La misma que ha sido ampliada para impulsar el logro de los resultados en los cinco ejes establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (ENDIS), de conformidad con la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y para el financiamiento de metas asociadas a la reducción de la violencia contra la mujer definidas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Que, el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de S/ 77 000 000,00 (SETENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente para el financiamiento de los fines del FED;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDIS se aprobó el Instrumento que establece indicadores y metas, así como las condiciones para la asignación de recursos del FED correspondiente al Periodo 2024 – 2025;

Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDIS establece que los montos máximos para cada entidad de gobierno regional a ser aprobados de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 003-2024-MIDIS, son publicados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último, a los 20 días hábiles de haberse publicado la Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2025;

Que, en cumplimiento del marco normativo antes señalado, corresponde aprobar los montos máximos de recursos que corresponde a cada gobierno regional por el cumplimiento de las metas establecidas en el marco del FED correspondiente al periodo 2024 -2025;

De conformidad, con lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDIS y el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar los montos máximos de recursos que corresponde a cada gobierno regional por el cumplimiento de las metas establecidas en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2024 -2025, conforme al Anexo “Montos máximos de recursos que corresponde a cada gobierno regional por el cumplimiento de las metas establecidas en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2024 -2025 ”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Publicación

El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2363352-1