Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo al Reino de España y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones
resolución suprema
nº 005-2025-pcm
Lima, 15 de enero de 2025
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo, que tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible;
Que, del 22 al 26 de enero de 2025, en la ciudad de Madrid, Reino de España, se realizará la Feria Internacional de Turismo – FITUR 2025, evento anual para los profesionales del turismo mundial y feria líder para los mercados receptivos y emisores de Iberoamérica;
Que, el Perú participará en la FITUR 2025, a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, acompañado de 30 expositores, que formarán parte de la delegación empresarial turística que tiene por objeto consolidar la presencia del país en el ámbito internacional promoviendo la imagen del Perú en el exterior y mantener el posicionamiento turístico de nuestro país como un destino turístico seguro, estable y con una oferta diversa y atractiva;
Que, durante el referido evento la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, como líder de la representación peruana, llevará a cabo reuniones bilaterales con sus homólogos de España, Chile y Ecuador, entre otros, y con representantes de instituciones y asociaciones internacionales del sector turístico, con el objetivo de explorar alianzas estratégicas, identificar nuevas oportunidades de cooperación técnica internacional, así como las últimas tendencias y las buenas prácticas de la industria global del turismo. En tal sentido, la FITUR 2025 representa un espacio ideal para el inicio de la agenda de cooperación multilateral respecto de iniciativas y convenios, entre otros, y, además, es una oportunidad para culminar las coordinaciones con la ONU Turismo para la 70° edición de la Comisión Regional para las Américas, que se realizará en la ciudad de Lima, en el mes de julio de 2025;
Que, previo a la participación peruana en la FITUR 2025, el día 21 de enero de 2025, PROMPERÚ ha organizado un evento con representantes de las empresas más importantes de la cadena comercial turística española, que tiene como anfitriones al Embajador del Perú en España y a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, durante el cual se expondrá las acciones de promoción de turismo programadas durante el año 2025 en España, para difundir el destino Perú en el mercado líder emisor de turistas en Europa y generar un efecto de novedad acorde con el boom de la gastronomía de nuestro país, lo que permitirá a las autoridades peruanas del sector turismo consolidar la relación con los gremios españoles de la cadena comercial turística española;
Que, por tanto, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Ministra de Comercio Exterior y Turismo para participar en el FITUR 2025 y en las demás actividades conexas, a fin de fortalecer el compromiso del gobierno peruano en la promoción de la gastronomía y el turismo como pilares fundamentales de la identidad nacional y el desarrollo económico del país;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone entre otros, que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, a partir de la ausencia de la Titular, y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora URSULA DESILU LEON CHEMPEN, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 20 al 24 de enero de 2025, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
URSULA DESILU LEON CHEMPEN |
2 800,00 |
Europa |
540,00 x 4 |
2 160,00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, al señor RAÚL RICARDO PEREZ REYES ESPEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, en tanto dure la ausencia de la Titular.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
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