Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades, serán otorgadas a solicitud de parte

Resolución Directoral

N° 0057-2025-MTC/28

Lima, 7 de enero del 2025

VISTO, el Informe N° 0008-2025-MTC/28.01 del 3 de enero del 2025, de la Dirección de Servicios de Radiodifusión;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión (en adelante, la Ley), y el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC (en adelante, el Reglamento), las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público, siendo este último obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad, es menor al número de solicitudes presentadas;

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento establece que “En caso se declare desierto el concurso público derivado de la aplicación del primer párrafo del artículo 41, en una banda y localidad, al no haberse asignado ninguna de las frecuencias objeto de la convocatoria para dicha banda y localidad, estas se pueden asignar mediante solicitud de parte. Para ello, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de los resultados del concurso público en el diario oficial El Peruano, expide una resolución señalando que las frecuencias disponibles en la referida banda y localidad se asignan a solicitud de parte, la cual se publica en el diario oficial El Peruano”;

Que, el numeral 46.3 del artículo 46 del Reglamento dispone que “De haberse adjudicado al menos una frecuencia a través de concurso público, en una banda y localidad, las demás frecuencias se asignan mediante la misma modalidad”;

Que, las Resoluciones Directorales N°s 2324-2017-MTC/28, 2668-2019-MTC/28, 3824-2019-MTC/28, 1644-2014-MTC/28, 1519-2013-MTC/28, 1674-2021-MTC/28, 0168-2019-MTC/28, 1610-2018-MTC/28, 0265-2017-MTC/28, 1379-2022-MTC/28, 2302-2009-MTC/28, en observancia del artículo 41 del Reglamento, establecieron que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades de Mosoc Llacta-Pampamarca-Tungasuca del departamento de Cusco; Huayllahuara-Moya-Vilca y Caja-Chincho-Congalla-Marcas del departamento de Huancavelica; Charat-Usquil y Buldibuyo-Huaylillas-Tayabamba del departamento de La Libertad; Villa Rica del departamento de Pasco; Pallasca del departamento de Ancash; San Juan de Virundo del departamento de Apurímac; Quilca del departamento de Arequipa; San Luis de Shuaro del departamento de Junín; Cuñumbuza del departamento de San Martin; y, en Onda Media (OM) en la localidad de Cañete-Yauyos del departamento de Lima, serán otorgadas por Concurso Público;

Que, mediante Resolución Directoral N° 0878-2023-MTC/28 del 17 de abril de 2023, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 01-2023-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial, educativa y comunitaria en Frecuencia Modulada (FM) y Onda Media (OM), en diversas localidades a nivel nacional, entre las cuales se encuentran las localidades de Mosoc Llacta-Pampamarca-Tungasuca del departamento de Cusco, Huayllahuara-Moya-Vilca del departamento de Huancavelica, Charat-Usquil del departamento de La Libertad y Villa Rica del departamento de Pasco, para el servicio de radiodifusión sonora en FM;

Que, asimismo, por Resolución Directoral N° 2439-2023-MTC/28 del 18 de setiembre de 2023, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 02-2023-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial, educativa y comunitaria en Frecuencia Modulada (FM) y Onda Media (OM), en diversas localidades a nivel nacional, entre las cuales se encuentran las localidades de Pallasca del departamento de Áncash, San Juan de Virundo del departamento de Apurímac, Quilca del departamento de Arequipa, Caja-Chincho-Congalla-Marcas del departamento de Huancavelica, San Luis de Shuaro del departamento de Junín, Buldibuyo-Huaylillas-Tayabamba del departamento de La Libertad, Cuñumbuza del departamento de San Martin en FM y en la localidad de Cañete-Yauyos del departamento de Lima, en Onda Media (OM);

Que, con los documentos denominados “Relación de adjudicatarios de la buena pro Concurso Público Nº 01-2023-MTC/28” y “Relación de adjudicatarios de la buena pro Concurso Público Nº 02-2023-MTC/28” se publicaron los resultados del Concurso Público N° 01-2023-MTC/28 y Nº 02-2023-MTC/28, respectivamente, en la página web de este Ministerio, declarándose desiertas las localidades de Mosoc Llacta-Pampamarca-Tungasuca, Huayllahuara-Moya-Vilca, Charat-Usquil, Villa Rica, Pallasca, San Juan de Virundo, Quilca, Caja-Chincho-Congalla-Marcas, San Luis de Shuaro, Buldibuyo-Huaylillas-Tayabamba, Cuñumbuza, en FM y Cañete-Yauyos en OM;

Que, mediante Informe N° 0008-2025-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión, unidad orgánica de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, efectuó la evaluación legal correspondiente, concluyendo que corresponde se expida la resolución directoral que declare que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las siguientes localidades y bandas serán otorgadas a solicitud de parte, en el marco del numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento:

Modalidad

Banda

Localidad

Departamento

Sonora

FM

Mosoc Llacta-Pampamarca-Tungasuca

Cusco

Sonora

FM

Huayllahuara-Moya-Vilca

Huancavelica

Sonora

FM

Charat-Usquil

La Libertad

Sonora

FM

Villa Rica

Pasco

Sonora

FM

Pallasca

Ancash

Sonora

FM

San Juan de Virundo

Apurímac

Sonora

FM

Quilca

Arequipa

Sonora

FM

Caja-Chincho-Congalla-Marcas

Huancavelica

Sonora

FM

San Luis de Shuaro

Junín

Sonora

FM

Buldibuyo-Huaylillas-Tayabamba

La Libertad

Sonora

FM

Cuñumbuza

San Martín

Sonora

OM

Cañete-Yauyos

Lima

Que, en ese sentido, corresponde emitir la presente Resolución Directoral que declara que se otorgarán a solicitud de parte las frecuencias de radiodifusión sonora de las localidades concursadas y declaradas desiertas en el Concurso Público Nº 01-2023-MTC/28 y N° 02-2023-MTC/28, al encontrarse en el supuesto recogido en el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento;

De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modificatorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, y;

Con la opinión favorable de la Dirección de Servicios de Radiodifusión;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las siguientes localidades y bandas, serán otorgadas a solicitud de parte:

Modalidad

Banda

Localidad

Departamento

Sonora

FM

Mosoc Llacta-Pampamarca-Tungasuca

Cusco

Sonora

FM

Huayllahuara-Moya-Vilca

Huancavelica

Sonora

FM

Charat-Usquil

La Libertad

Sonora

FM

Villa Rica

Pasco

Sonora

FM

Pallasca

Ancash

Sonora

FM

San Juan de Virundo

Apurímac

Sonora

FM

Quilca

Arequipa

Sonora

FM

Caja-Chincho-Congalla-Marcas

Huancavelica

Sonora

FM

San Luis de Shuaro

Junín

Sonora

FM

Buldibuyo-Huaylillas-Tayabamba

La Libertad

Sonora

FM

Cuñumbuza

San Martín

Sonora

OM

Cañete-Yauyos

Lima

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo con su competencia.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.gob.pe/mtc), así como en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ANGEL VIACAVA DEXTRE

Director General de la Dirección General

de Autorizaciones en Telecomunicaciones

2361516-1