Aprueban la Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace

Resolución de Presidencia Ejecutiva

N° 00005-2025-SENACE-PE

Lima, 8 de enero de 2025

VISTO: El Memorando Nº 01177-2024-SENACE-PE/DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental; el Informe Sustentario Consolidado N° 00002-2024-SENACE-DGE-NOR-REG de la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, de la Subdirección de Registros Ambientales y de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental; el Informe Nº 00007-2025-SENACE-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, Senace), como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente;

Que, el literal b) del artículo 3 de la Ley N° 29968 y el literal b) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace (en adelante, ROF del Senace) aprobado por Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, establecen como función del Senace, la administración del Registro Nacional de Consultoras Ambientales (en adelante, RNCA);

Que, el numeral 10.2 del artículo 10 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, establece que las evaluaciones preliminares y los estudios ambientales deben ser elaborados por personas naturales o jurídicas (consultoras ambientales) inscritas en el RNCA;

Que, el artículo 2 del Reglamento del RNCA aprobado por Decreto Supremo N° 026-2021-MINAM (en adelante, Reglamento), señala que la finalidad del RNCA es promover la mejora continua del servicio que brindan las consultoras ambientales inscritas en dicho registro, garantizando la calidad de la información de estos;

Que, el literal e) del artículo 47 del ROF del Senace, señala que la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental (en adelante, DGE) es el órgano de línea encargado de proponer guías, metodologías e instructivos para regular y orientar los procesos de evaluación del impacto ambiental. Asimismo, el literal h) del artículo 50 del citado dispositivo, refiere que la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad de la DGE, tiene la función de elaborar las propuestas de guías, metodologías y demás instrumentos técnicos vinculados a los procesos de evaluación del impacto ambiental a cargo del Senace, y la administración y funcionamiento del RNCA;

Que, la Directiva N° 001-2016-SENACE/J, “Directiva para la Elaboración de Proyectos Técnicos Normativos del Senace”, aprobada con la Resolución Jefatural N° 065-2016-SENACE/J, establece que los proyectos técnicos normativos vienen a ser los proyectos de guías, protocolos, manuales, normas y demás disposiciones específicas que emita el Senace relacionados a las funciones de sus órganos de línea, de acuerdo con lo establecido en el marco legal vigente;

Que, mediante la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J del 02 de agosto de 2017, se aprueban los “Indicadores de desempeño a ser aplicados a las consultoras ambientales inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del Senace”, y la “Guía Metodológica para la aplicación de los Indicadores de Desempeño de las consultoras ambientales a cargo del Senace”;

Que, a través del Informe Sustentatorio Consolidado N° 00002-2024-SENACE-DGE-NOR-REG, la DGE en coordinación con la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad y de la Subdirección de Registros Ambientales, propone la aprobación del proyecto técnico normativo denominado “Guía Metodológica de la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace”, el cual tiene por finalidad actualizar los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales en la elaboración de los estudios ambientales en el marco de la solicitud de certificación ambiental presentados ante el Senace, y su correspondiente guía de aplicación;

Que, en cumplimiento del artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales aprobado con Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, el Senace mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00056-2021-SENACE/PE del 17 de setiembre de 2021, dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba la “Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace” en el Portal Institucional del Senace, por el plazo de (10) días hábiles contado a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados;

Que, concluida la absolución de las sugerencias y/o comentarios recibidos durante el período de publicación; y, contando con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente, otorgada a través del Informe N° 00342-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, conforme a lo dispuesto en el literal d) del artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27446, corresponde formalizar la aprobación del referido proyecto técnico normativo;

Que, mediante Informe Nº 00007-2025-SENACE-GG/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es viable materializar el acto administrativo que apruebe la “Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace”, la cual ha sido elaborada conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2016-SENACE/J; y, en ese mismo acto, se debe derogar la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J;

Que, de acuerdo con el literal d) del numeral 7.5 del artículo 7 de la Ley N° 29968, el/la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace se encarga de aprobar guías, manuales y directivas referidas a asuntos de competencia de la entidad, así como emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades del Senace;

Con el visado de la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, de la Subdirección de Registros Ambientales, de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento; el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, y la Resolución Jefatural N° 065-2016-SENACE/J, que aprueba la Directiva N° 001-2016-SENACE/J, “Directiva para la Elaboración de Proyectos Técnicos Normativos del Senace”.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Derogar la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J del 02 de agosto de 2017, que aprueba los “Indicadores de desempeño a ser aplicados a las consultoras ambientales inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del Senace”, y la “Guía Metodológica para la aplicación de los Indicadores de Desempeño de las consultoras ambientales a cargo del Senace”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano; y en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (www.gob.pe/senace).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA LUISA CUBA CASTILLO

Presidenta Ejecutiva

Guía Metodológica de la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace

Lima, 2025

Contenido

1. Introducción

2. Justificación

3. Objetivo

4. De los indicadores de desempeño

4.1. Porcentaje de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

4.2. Porcentaje de actualización de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

4.3. Porcentaje de MEIA-d aprobados respecto del total de resueltos

4.4. Porcentaje de ITS aprobados respecto del total de resueltos

4.5. Porcentaje de EVAP clasificadas respecto del total de resueltas

4.6. Porcentaje de PPC aprobados respecto del total de resueltos

5. Referencias

Anexos de la guía

1. Introducción

Mediante la Ley N° 29968 se creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles-Senace (en adelante, Ley N° 29968) como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado, conforme al literal a) del artículo 3 de la mencionada ley, de evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados (en adelante, EIA-d), los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados (en adelante, EIA-sd) cuando corresponda, sus modificaciones bajo cualquier modalidad y actualizaciones, los planes de participación ciudadana y los demás actos vinculados a los referidos estudios ambientales de los sectores cuyas funciones de evaluación de certificación ambiental le han sido transferidas.

Por tanto, a la fecha de emisión de este documento, el Senace es la autoridad ambiental competente para evaluar instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de inversión de los subsectores de hidrocarburos, electricidad, minería, transportes, agricultura, residuos sólidos; vivienda y construcción y saneamiento.

Los instrumentos de gestión ambiental bajo competencia del Senace, son elaborados por consultoras ambientales, por encargo de los titulares de los proyectos de inversión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, Ley del SEIA)1. Asimismo, la mencionada Ley dispone que las consultoras ambientales se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales (en adelante, RNCA).

De acuerdo con ello, el Senace como administrador del RNCA2 promueve la mejora continua de los instrumentos de gestión ambiental mediante la generación de incentivos para mejorar el desempeño de las consultoras ambientales.

En ese sentido, mediante la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J se aprobaron siete (7) indicadores de desempeño a ser aplicados a las consultoras ambientales a cargo del Senace3 y su correspondiente Guía Metodológica; con la finalidad de monitorear e informar a los actores involucrados en el proceso de evaluación del impacto ambiental, y a la ciudadanía en general, sobre el desempeño de las consultoras ambientales inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.

En los últimos años, al haberse transferido nuevos subsectores al Senace, con características particulares en la normativa sectorial, se ha identificado la necesidad de modificar y excluir algunos indicadores de desempeño a fin de mejorar la medición óptima del desempeño de las consultoras ambientales.

Por ello, se ha elaborado esta primera Actualización de Indicadores y su correspondiente Guía Metodológica, a través de la cual se desarrollan precisiones, modificaciones y exclusiones de los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales del RNCA en el marco de la certificación ambiental a cargo del Senace, aprobadas con la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J.

2. Justificación

La evaluación de los instrumentos de gestión ambiental4 es un proceso riguroso que involucra diversos requisitos técnicos y legales. Al respecto, como parte de promover la mejora continua del desempeño de las consultoras ambientales5 responsables de la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental para los proyectos de inversión de los subsectores transferidos al Senace, se establecieron indicadores de desempeño sobre tres categorías relacionadas a la efectividad, capacidad y experiencia de las consultoras ambientales.

Los resultados de la aplicación de dichos indicadores han facilitado la toma de decisiones de los titulares que demandan los servicios de las consultoras ambientales, en particular de personas jurídicas6, y, a su vez, estos resultados son incentivos para las consultoras, dado que se reconoce la efectividad en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental; sin embargo, a partir de la experiencia obtenida por el Senace, durante 7 años de aplicación de los indicadores de desempeño, resulta necesario actualizarlos por diversos factores, entre ellos: precisar los parámetros para el cálculo de los indicadores, identificar el conocimiento adquirido por las consultoras ambientales y establecer la frecuencia para su publicación.

3. Objetivo

La presente guía metodológica tiene como objetivo modificar o excluir indicadores de desempeño de las consultoras ambientales aprobadas mediante la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J, lo cual va a permitir contar con indicadores precisos que permitan medir adecuadamente el desempeño de las consultoras ambientales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental presentados ante el Senace, describiendo las variables y los cálculos para su correcta aplicación, incluyendo los supuestos y limitaciones de los parámetros para realizar el cálculo de los indicadores; así como, desarrollar precisiones técnicas sobre el alcance de la definición de dichos indicadores; asimismo, la frecuencia de su medición y su publicación.

4. De los indicadores de desempeño

Para la elaboración de la metodología aplicada en la Guía metodológica de la Actualización de los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales, en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace, se tomó como base la Guía Metodológica para la definición, seguimiento y uso de indicadores de desempeño de los programas presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF, 2018).

La Guía de indicadores de consultoras ambientales aprobada mediante Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J, divide los instrumentos de gestión ambiental del SEIA en instrumentos de gestión ambiental mayores que abarcan EIA-d y MEIA-d e instrumentos de gestión ambiental menores que abarcan ITS, EVAP y Planes de Participación Ciudadana (en adelante, PPC); no obstante, en la presente actualización se modifica dicha división debido a que no es posible unificar diversos instrumentos que tienen criterios técnicos y plazos distintos para su evaluación ambiental, por ello, se trabajan los mencionados indicadores individualmente.

Del mismo modo, de las tres categorías que se consideraban articuladas con los objetivos del RNCA para la formulación de los indicadores de desempeño: 1) efectividad; 2) capacidad; y 3) experiencia; se excluye a la categoría “capacidad”; toda vez que, se ha identificado que dicha categoría no mide técnicamente el desempeño de las consultoras ambientales sobre su capacidad para gestionar y desarrollar los instrumentos de gestión ambiental de proyectos de diversa envergadura, puesto que solo refleja los montos de inversión del proyecto del titular7; asimismo, se excluye la categoría “experiencia”, puesto que no genera valor para su gestión y desarrollo y a su vez no refleja necesariamente el conocimiento técnico adquirido por la consultora ambiental en la elaboración oportuna de los instrumentos de gestión ambiental.

Cabe indicar además que, de acuerdo con la Guía Metodológica del MEF, la categoría establecida (efectividad) en los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales, en el marco de la certificación ambiental, corresponden a la definición de eficacia (dimensión específica del desempeño). Los indicadores de eficacia proporcionan información sobre el grado de cumplimiento de los objetivos que tienen o deben tener los bienes y servicios que se proveen (MEF, 2018).

En ese sentido se ha definido una categoría relacionada al grado de cumplimiento de los requisitos técnicos y legales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental:

- Efectividad: relacionada al grado de cumplimiento de requisitos técnicos y legales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental (aprobación) bajo competencia del Senace.

En atención a lo señalado, se estableció un objetivo general, a partir del cual se formularon indicadores consistentes, conforme se muestra en la tabla siguiente:

Tabla 1

Indicadores de desempeño

Fuente: Elaboración propia.

4.1. Porcentaje de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que los EIA-d cumplan con los requisitos técnicos, requerimientos de los Términos de Referencia (en adelante, TdR)10, establecidos en la normativa ambiental vigente.

El presente indicador se define como el porcentaje de EIA-d aprobados con respecto al total de EIA-d resueltos, los cuales están conformados por EIA-d que se declaren aprobados, desaprobados, improcedentes, desistidos y no presentados, pero solo la resolución que apruebe el EIA-d constituye la certificación ambiental11.

Tabla 2

Ficha técnica: Porcentaje de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

4.2. Porcentaje de actualización de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que las actualizaciones de EIA-d cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la normativa ambiental vigente.

El presente indicador se define como el porcentaje de actualizaciones de EIA-d aprobados17 con respecto al total de actualizaciones de EIA-d resueltos, los cuales están conformados por actualizaciones de EIA-d conforme, no conforme, improcedentes, desistidos y no presentados, pero solo la resolución que apruebe la actualización del EIA-d constituye la certificación ambiental18.

Tabla 3

Ficha técnica: Porcentaje de actualización de EIA-d aprobados respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

4.3. Porcentaje de MEIA-d aprobados respecto del total de resueltos

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que las modificaciones de los EIA-d cumplan con los requisitos técnicos, requerimientos de los TdR, establecidos en la normatividad ambiental vigente.

El presente indicador se define como el porcentaje de MEIA-d aprobados con respecto al total de MEIA-d resueltos, los cuales están conformados por MEIA-d que se declaren aprobados, desaprobados, improcedentes, desistidos y no presentados, pero solo la resolución que apruebe el MEIA-d constituye la certificación ambiental19.

Tabla 4

Ficha técnica: Porcentaje de MEIA-d aprobados respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

4.4. Porcentaje de ITS aprobados respecto del total de resueltos

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que los Instrumentos Técnicos Sustentarios (ITS) cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la normativa ambiental vigente. Este tipo de instrumento de gestión ambiental es considerado como instrumento complementario al SEIA20.

El presente indicador se define como el porcentaje de ITS aprobados21 con respecto al total de ITS resueltos, los cuales están conformados por ITS que se declaren conforme, no conforme, improcedentes, desistidos y no presentados, pero solo la resolución que otorgue conformidad constituye la certificación ambiental.

Tabla 5

Ficha técnica: Porcentaje de ITS aprobados

respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

4.5. Porcentaje de EVAP clasificadas respecto del total de resueltas

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que las solicitudes de evaluación preliminar (EVAP) cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la normativa ambiental vigente. Si bien la EVAP es el proceso inicial para el otorgamiento de la certificación ambiental, en la misma se identifican los posibles impactos estimados para el proyecto, ofreciendo información para que un proyecto sea clasificado de acuerdo con las categorías establecidas en la Ley del SEIA22; que en el caso de ser clasificado como categoría I, la resolución que la aprueba constituye la certificación ambiental.

El presente indicador se define como el porcentaje de EVAP clasificadas, es decir, que se ha asignado una categoría o se ha otorgado la certificación ambiental en caso se clasifique como categoría I, con respecto al total de EVAP resueltas, las cuales están conformadas por EVAP que se declaren clasificadas, desaprobadas, improcedentes, desistidas y no presentadas.

Tabla 6

Ficha técnica: Porcentaje de EVAP clasificados respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

4.6. Porcentaje de PPC aprobados respecto del total de resueltos

En el marco de la solicitud de certificación ambiental, el Senace evalúa que los Planes de Participación Ciudadana (PPC) cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la normatividad ambiental vigente. Este procedimiento establece mecanismos que se desarrollan antes, durante y después de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado y sus modificatorias.

El presente indicador se define como el porcentaje de PPC aprobados, es decir, que se ha cumplido con la normativa ambiental correspondiente, con respecto al total de PPC resueltos, los cuales están conformados por PPC aprobados, desaprobados, improcedentes, desistidos y no presentados.

Tabla 7

Ficha técnica: Porcentaje de PPC aprobados respecto del total de resueltos

Fuente: Elaboración propia.

5. Referencias

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO (CEPLAN)

2019 “Guía para el Planeamiento Institucional”. Disponible a través de:

https://www.ceplan.gob.pe/documentos_/guia-para-el-planeamiento-institucional-2018/

COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL)

2005 “Indicadores de Desempeño en el Sector Público”. Series Manuales, N° 45, Santiago. Disponible a través de:

https://repositorio.cepal.org/handle/11362/5611

2009 “Guía metodológica para desarrollar indicadores ambientales y de desarrollo sostenible en países de América Latina y el Caribe”. Series Manuales, N° 61, Santiago. Disponible a través de:

https://repositorio.cepal.org/handle/11362/5502

2011 “Planificación estratégica e indicadores de desempeño en el sector público”. Series Manuales, N° 69, Santiago. Disponible a través de:

https://repositorio.cepal.org/handle/11362/5509

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (MEF)

2010 “Instructivo para la Formulación de Indicadores de Desempeño”. Lima. Disponible a través de:

https://www.mef.gob.pe/contenidos/presupuesto_publico/normativa/Instructivo_Formulacion_Indicadores_Desempeno.pdf

2018 “Guía metodológica para la definición, seguimiento y uso de indicadores de desempeño de los Programas Presupuestales”. Lima. Disponible a través de:

https://www.mef.gob.pe/contenidos/presu_publ/ppr/guia_seguimiento_pp.pdf

Anexos de la guía

Anexo A-1: Pasos para la implementación de la actualización de los indicadores de desempeño

El proceso de actualización de los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales siguió una secuencia de etapas detallada a continuación. (Ver gráfico A-1)

Gráfico A-1

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Nota. Se ha tomado como referencia para la elaboración del Grafico A-1 la “Guía metodológica para la definición, seguimiento y uso de indicadores de desempeño de los Programas Presupuestales” publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), 2018.

En la Guía Metodológica de la Actualización de los indicadores de desempeño de consultoras ambientales, en el marco de la certificación ambiental; se consideró en la primera etapa establecer la categoría relacionada con los objetivos y resultados de la actividad de la certificación ambiental, tal como la efectividad de las consultoras ambientales en el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental.

A partir de las definiciones en la primera etapa, los indicadores de desempeño se enfocan en dimensionar24 la “eficacia” de las consultoras ambientales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental, por ello, se quiere medir el cumplimiento de los requisitos para la certificación ambiental, y, a su vez, hacer seguimiento a dicho cumplimiento en el tiempo.

Para la construcción de los indicadores de desempeño se han desarrollado las actividades de definir la justificación, limitaciones y supuestos y las precisiones técnicas acorde con el SEIA; establecer la unidad de medida, método de cálculo y periodicidad de las mediciones de los indicadores de desempeño; así como verificar las fuentes de información sistematizadas que permiten hacer la medición de los indicadores de desempeño siguiendo la presente metodología de las fichas técnicas25 de cada indicador.

En la tercera etapa se aplican los instrumentos de recolección de información en la consolidación de los resultados de la certificación ambiental de los subsectores transferidos al Senace y posteriormente se procede a realizar el cálculo26 de los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales siguiendo los criterios especificados en las fichas técnicas.

Finalmente, se tiene el uso de los indicadores de desempeño para monitorear y brindar más información a los actores claves y a la ciudadanía en general, en especial para mejorar la toma de decisiones de los titulares de proyectos de inversión.

Anexo A-1: Contenido mínimo de las

fichas técnicas

Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Elaboración propia.

Anexo A-2: Ejemplos de aplicación de los indicadores

Para ejemplificar la obtención de resultados derivado de la aplicación de las fórmulas de los indicadores de desempeño de las Consultoras Ambientales. A continuación, se muestran los cálculos en la categoría de efectividad.

En la tabla 1a, se muestran, los datos para generar los resultados del primer indicador de desempeño, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de EIA-d.

Tabla 1a: Parámetros del indicador 1

Indicador de desempeño 1: Porcentaje de EIA-d aprobados respecto del total resueltos

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- Cálculo de los parámetros:

A1: Número de EIA-d aprobados.

A1 = 4

B1: Número de EIA-d resueltos.

B1 = 9

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 44% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a los EIA-d resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Minería, Electricidad y Transportes.

En la tabla 2a, se muestran, los datos para generar los resultados del segundo indicador de desempeño, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de actualización de EIA-d.

Tabla 2a: Parámetros del indicador 2

Indicador de desempeño 2: Porcentaje de actualización EIA-d aprobados respecto del total resueltos

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· Cálculo de los parámetros:

A2: Número de actualización de EIA-d aprobados.

A2 = 6

B2: Número de actualización EIA-d resueltos.

B2 = 11

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 54.5% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a la actualización de EIA-d resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Hidrocarburos, Electricidad y Minería.

En la tabla 3a, se muestran los datos para generar los resultados del tercer indicador, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de MEIA-d.

Tabla 3a: Parámetros del indicador 3

Indicador de desempeño 3: Porcentaje de MEIA-d aprobados respecto del total resueltos

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- Cálculo de los parámetros:

A3: Número de MEIA-d aprobados.

A3 = 4

B3: Número total de MEIA-d resueltos.

B3 = 8

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 50% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a los MEIA-d resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Minería, Electricidad y Transportes.

En la tabla 4a, se muestran, los datos para generar los resultados del cuarto indicador, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de ITS.

Tabla 4a: Parámetros del indicador 4

Indicador de desempeño 4: Porcentaje de ITS aprobados respecto del total resueltos

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- Cálculo de los parámetros:

A4: Número de ITS aprobados.

A4 = 5

B4: Número de ITS resueltos.

B4 = 9

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 55.5% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a los ITS resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Minería, Electricidad, Transportes y Agricultura.

En la tabla 5a, se muestran, los datos para generar los resultados del quinto indicador, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de EVAP.

Tabla 5a: Parámetros del indicador 5

Indicador de desempeño 5: Porcentaje de EVAP clasificados respecto del total resueltos

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- Cálculo de los parámetros:

A5: Número de EVAP clasificadas DIA.

A5 = 5

B5: Número de EVAP resueltos.

B5 = 9

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 55.5% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a los EVAP resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Minería, Hidrocarburos, Electricidad, Transportes y Agricultura.

En la tabla 6a, se muestran, los datos para generar los resultados del sexto indicador de desempeño, observando que dichos resultados son a nivel de efectividad en el cumplimiento de los requisitos de técnicos y normativos en la elaboración de PPC.

Tabla 6a: Parámetros del indicador 6

Indicador de desempeño 6: Porcentaje de PPC aprobados respecto del total resueltos

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- Cálculo de los parámetros:

A6: Número de PPC aprobados.

A6 = 2

B6: Número de PPC resueltos.

B6 = 3

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Interpretación: La Consultora “ABC”, tiene un nivel de 66.7% de efectividad en el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a los PPC resueltos, cuyos estudios aprobados corresponden a los subsectores Electricidad e Hidrocarburos.

1 Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

“Artículo 10.- Contenido de los estudios ambientales”

(…)

10.2 Las evaluaciones preliminares y los estudios ambientales deben ser elaborados por personas naturales o jurídicas, según corresponda, inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.”

2 Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

“Artículo 10.- Contenido de los estudios ambientales”

(…)

10.3 El proponente o titular de un proyecto de inversión recurren al Registro Nacional de Consultoras Ambientales para la elaboración de las evaluaciones preliminares o estudios ambientales. El Registro Nacional de Consultoras Ambientales (RNCA) es administrado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y se rige por su propio reglamento, propuesto por dicha entidad y aprobado mediante Decreto Supremo, refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente.

3 En el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 060-2017 se aprobaron siete (7) indicadores de desempeño a ser aplicados a las consultoras ambientales inscritas en el RNCA y con el artículo 2 se aprobó la Guía Metodológica para la aplicación de dichos indicadores.

4 Para efectos de esta guía, se consideran que los instrumentos de gestión ambiental incluyen a los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d), Actualización de EIA-d, Modificación de Estudios de Impacto Ambiental detallados (MEIA-d), Informe Técnicos Sustentatorios (ITS), Evaluaciones preliminares (EVAP) y Planes de Participación Ciudadana (PPC).

5 Las consultoras ambientales son entidades que acceden al RNCA mediante los procedimientos administrativos de inscripción quedando así facultadas para elaborar y suscribir los estudios e instrumentos de gestión ambiental de acuerdo con lo exigido por las normas sectoriales.

6 Es importante precisar que los EIA-d y sus modificaciones solo pueden ser presentadas por consultoras ambientales en calidad de personas jurídicas, de acuerdo con lo señalado por la normativa vigente. En tal sentido, los indicadores de desempeño de la presente Guía se aplicarán a las personas jurídicas.

7 Es importante precisar que medir la capacidad para gestionar y elaborar estudios ambientales de proyectos de gran envergadura no es parte de las dimensiones en la que se enmarca la teoría de los indicadores de desempeño.

8 De acuerdo con la Guía Metodológica del MEF, la categoría establecida (Efectividad) en los indicadores de desempeño de las consultoras ambientales, en el marco de la certificación ambiental, corresponde a la definición de Eficacia (dimensión específica del desempeño). Los indicadores de eficacia proporcionan información sobre el grado de cumplimiento de los objetivos que tienen o deben tener los bienes y servicios que se proveen (MEF, 2018).

9 Conforme a la Guía Metodológica del MEF, un indicador de desempeño es una medida cualitativa o cuantitativa observable, que permite describir características, comportamientos o fenómenos, a través de su comparación con períodos anteriores o con metas o compromisos.

10 De acuerdo con el Anexo I del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del SEIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM se define a los Términos de referencia como la “propuesta de contenido y alcance de un Estudio de Impacto Ambiental que precisa los lineamientos e instrucciones para encargarlo y elaborarlo, en función a la naturaleza de un proyecto (…)”.

11 De acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 27446, Ley del SEIA:

“(…)

La resolución que aprueba el estudio ambiental constituye la Certificación Ambiental, que declara la viabilidad ambiental del proyecto propuesto en su integridad, la cual se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, permisos, licencias y otros requerimientos que el titular requiera para su ejecución.”

12 Los resultados de la evaluación de desempeño de las consultoras se actualizarán cada tres (3) meses, de acuerdo con la información disponible de las Resoluciones emitidas por las direcciones de línea de evaluación.

13 Corresponde a un cociente entre dos series de datos donde el numerador está incluido en el denominador.

14 La fuente de los datos se encuentra en la Subdirección de Registros Ambientales quien administra las certificaciones ambientales.

15 Es el medio físico o electrónico que contiene la información para calcular los indicadores de desempeño.

16 Los instrumentos utilizados para recolectar y registrar la información necesaria para el monitoreo y el seguimiento serán las Resoluciones Directorales e Informes técnicos.

17 Cabe precisar que, el resultado del cumplimiento de los requisitos técnicos y legales de una actualización de EIA-d trae como consecuencia su Conformidad; no obstante, para efectos de uniformidad en esta guía y de sus indicadores, el término aprobación corresponderá a la conformidad que se otorga en las resoluciones emitidas por Senace.

18 En base al artículo 30 del reglamento de la Ley del SEIA, Ley N° 27446, el Estudio Ambiental aprobado, debe ser actualizado por el titular en aquellos componentes que lo requieran, al quinto año de iniciada la ejecución del proyecto y por periodos consecutivos y similares, debiendo precisarse sus contenidos, así como las eventuales modificaciones de los planes señalados en el artículo precedente.

19 Ibídem.

20 De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, el ITS se empleará en los casos en que sea necesario modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones en proyectos de inversión con certificación ambiental aprobada que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones. A la fecha, el Senace únicamente es competente para tramitar los ITS referidos a proyectos que cuenten con Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) aprobados.

21 Cabe precisar que, que el resultado del cumplimiento de los requisitos técnicos y legales de un ITS trae como consecuencia su conformidad; no obstante, para efectos de uniformidad en esta guía y de sus indicadores, el término aprobación corresponderá a la conformidad que se otorga en las resoluciones emitidas por el Senace.

22 De acuerdo con el artículo 4 de la Ley del SEIA, la categorización de proyectos de acuerdo con el riesgo ambiental podrá ser clasificada en una de las 3 categorías: 1) Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental; 2) Categoría II: Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado y 3) Categoría III: Estudio de Impacto Ambiental Detallado.

23 Cabe precisar que, además de las EVAP clasificadas como DIA, EIA-d y EIA-sd, también se está considerando los reclasificadas en el número de EVAP resueltas en cada año, conforme con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.

24 Son las dimensiones o focos de la gestión de una entidad que son factibles y relevantes de medir con los indicadores, tales como la eficacia, eficiencia, economía y calidad del servicio.

25 Formato desarrollado por el Senace para la recopilación de la información de los indicadores de desempeño, que se encuentra en el Anexo A-2 de “Contenido mínimo de las fichas técnicas”.

26 Se procedió al cálculo preliminar de los indicadores de desempeño para realizar acciones de consistencia interna y externa, a través de un piloto que nos permitió detectar y corregir las inconsistencias remanentes para obtener una base de datos limpia y lista para la obtención de los indicadores.

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