Ordenanza Regional que aprueba la adición provisional de funciones del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana (OBRESEC) a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC)

ORDENANZA REGIONAL

N° 000015-2024-GR.LAMB/CR [515509436 - 14]

Chiclayo 18 de diciembre de 2024

El Gobernador Regional del

Gobierno Regional Lambayeque;

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre del 2024, se aprobó la Ordenanza Regional que aprueba la adición provisional de funciones del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana (OBRESEC) a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC), expedida por la Comisión Ordinaria de Educación y Deporte del Consejo Regional, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 191° de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…). Y en el Artículo 192° establece que “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. (…)”, teniendo competencia para promover y regular actividades y/o servicios en materia de educación y otros;

Que, la Ley N° 27933 crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, que establece la organización y funciones del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana.

Que, en el marco de la Ley N° 27933 y sus normas complementarias se han establecido observatorios regionales de seguridad ciudadana, los cuales tienen como objetivo recopilar, sistematizar y analizar información relacionada con la seguridad ciudadana para apoyar la toma de decisiones y la formulación de políticas.

Que, es necesario optimizar la función del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana delegando sus competencias y funciones a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC), con el fin de fortalecer la recolección y análisis de datos, así como la elaboración de informes que contribuyan a una gestión más efectiva en seguridad ciudadana.

Que, en ese contexto, conforme lo tiene indicado el oficio N° 000910-2024-GR.LAMB/OFDNCSC [515509436], de fecha 6 de septiembre del 2024, el Jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional Civil y Seguridad Ciudadana solicita que con el fin de iniciar el proceso de creación del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana OBRESEC – Lambayeque, en cumplimiento del mandato normativo y en respuesta a la creciente necesidad de mejorar la seguridad ciudadana en la región recomienda la adición de funciones en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque a la oficina a su cargo.

Que, mediante Informe Técnico N° 000023-2024-GR.LAMB/ORPP-OFOTI [515509436-2], de fecha 24 de septiembre del 2024, el Jefe de la Oficina de Organización y Tecnología de la Información recomienda que en el marco del Decreto Supremo N° 011-2024-IN que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), adicionar provisionalmente, en tanto se apruebe, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Lambayeque a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana, las funciones de Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana (OBRESEC), debiendo cumplir funciones similares al Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana, adecuándolas a la realidad y ámbito regional.

Que, mediante Informe Legal N° 000744-2024-GR.LAMB/ORAJ [515509436-4], de fecha 30 de septiembre del 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha opinado que se adicione provisionalmente las funciones del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana (OBRESEC) a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC), a través de la aprobación de una Ordenanza Regional, debiendo cumplir funciones similares a las del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana, adecuándolas a la realidad ámbito regional.

Que, mediante Dictamen N° 003-2024-GR.LAMB/CR-CSCYDC, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional ha recomendado que se adicionen provisionalmente las funciones del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana, conforme en dicho dictamen se detalla.

Que, conforme a lo antes expuesto el inc. a), del artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional de Lambayeque, concordante con los artículos 4, 7, 9 y 46 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Acuerdo Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modificatoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR.

Que, siendo así, para el presente caso, según lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N° 27867 establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes como por ejemplo Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. En su artículo 38 precisa que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Así, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre del 2024 el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque conforme a lo acordado y aprobado y de acuerdo a las atribuciones y facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a su Reglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado lo siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ADICIÓN PROVISIONAL DE FUNCIONES DEL OBSERVATORIO REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA (OBRESEC) A LA OFICINA EJECUTIVA DE DEFENSA NACIONAL, CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA (OEDNCSC)

Artículo Primero.- Adicionar Provisionalmente las funciones del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana (OBRESEC) a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC) conforme se detalla:

La Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana será responsable de:

1. Recopilar, sistematizar y analizar la información relacionada con los indicadores de seguridad ciudadana en la región.

2. Elaborar informes periódicos sobre la situación de la seguridad ciudadana y su evolución.

3. Proponer políticas y estrategias basadas en evidencia para la prevención del delito y la mejora de la seguridad ciudadana en la región.

4. Coordinar con las autoridades locales y regionales la implementación de políticas de seguridad ciudadana.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana (OEDNCSC) deberá presentar un informe trimestral al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el ámbito de su competencia.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a las instancias administrativas correspondientes para su cumplimiento.

Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque (www.regionlambayeque.gob.pe), conforme a Ley.

Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque para su promulgación conforme a Ley.

Dado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, a los once días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.

JUAN PABLO HORNA SANTA CRUZ

Consejero Delegado

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

JORGE LUIS PEREZ FLORES

Gobernador Regional

2360481-1