Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Madre de Dios (ROF - 2024)
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
Nº 027-2024-RMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria realizada el día veinticinco de noviembre del 2024, en su sede actual, sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, mediante Oficio N° 756-2024-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, remite al Consejo Regional el Proyecto de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Madre de Dios, para su análisis y aprobación.
Que, por Acuerdo de Consejo Regional N° 167-2024-RMDD/CR, se dispuso remitir los actuados a la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional para su estudio, evaluación y pronunciamiento debidamente sustentado.
Que, a través del Informe N° 028-2024-GOREMAD-CR/CAMAAYCN, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, propone aprobar la modificación de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Madre de Dios, con el objeto de crear la Gerencia Regional de Pueblos Indígenas, Originarios y Afroperuanos, iniciativa que ha sido objeto de aprobación por el Pleno del Consejo Regional, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 175-2024-RMDD/CR, que al mismo tiempo determinó acumularla al Proyecto de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Madre de Dios, y remitir los actuados al Gobernador Regional de Madre de Dios, para su análisis, evaluación y emisión de los informes u opiniones técnica, legal y los que amerite el caso, a cargo de los órganos competentes, considerando las propuestas normativas acumuladas, de forma conjunta y simultánea como condición previa e indispensable para la aprobación del mencionado documento de gestión institucional.
Que, mediante Informe N° 619-2024-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional e Informática, emite Opinión Técnica sobre la creación de la Gerencia Regional de Pueblos Indígenas, Originarios y Afroperuanos, señalando que acoge dicha propuesta normativa, comprometiéndose a encaminar las acciones conducentes a ello; sin embargo, insiste en la premura de aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Madre de Dios, a efectos de dar cumplimiento a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000035-2020-SERVIR-PE.
Que, habiéndose agendado la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Madre de Dios, para la sesión extraordinaria del día 14 de noviembre del año en curso; sin embargo no se arribó a un acuerdo válido, debido a los hechos expuestos en el Informe de Secretaria Técnica N° 05-2024, de fecha 22 de noviembre del 2024; por lo que, en aras del restablecimiento del debido proceso se ha retomado la tramitación del proyecto alcanzado por el Ejecutivo Regional, durante la presente sesión extraordinaria, convocada con tal propósito, logrando una votación aprobatoria unánime.
Que, la propuesta presentada y sustentada por el órgano técnico de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, cuenta con opinión legal favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica expresada en el Informe Legal N° 566-2024-GOREMAD/ORAJ e Informe Técnico N° 451-2024-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI, complementario al Informe Técnico de Levantamiento de Observaciones N° 373-2024-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI, y plasmado en un cuaderno anillado de 119 folios.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad.
HA DADO LA ORDENANZA
REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- APROBAR, la Modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Madre de Dios (ROF - 2024), instrumento normativo de gestión que consta de II Títulos, IX Capítulos y 173 Artículos, más el Organigrama estructural, los cuales forman parte de la presente norma regional.
Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Regional N° 026-2012-GRMDD/CR, y las demás disposiciones regionales que se opongan a la presente ordenanza regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios, en siguiente link https://www.gob.pe/regionmadrededios y https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
FRANCISCO SIFUENTES QUISPE
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.
LUIS OTSUKA SALAZAR
Gobernador Regional
2359706-1