Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 451/MLV, que establece

Beneficios para el Pago de Multas Administrativas en

Estado Ordinario y Coactivo en el distrito de La Victoria

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 012-2024/MLV

La Victoria, 31 de diciembre de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA:

VISTO:

El Informe N° 003556-2024-SGSCA-GFC/MLV, de fecha 30 de diciembre de 2024, de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa; Informe N° 000148-2024- GFC/MLV, de fecha 30 de diciembre de 2024, de la Gerencia de Fiscalización de Control; Memorando N° 000317-2024-OGPP/MLV, de fecha 31 de diciembre de 2024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 000532-2024-OGAJ/MLV, de fecha 31 de diciembre del 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorando N° 003267-2024-GM/MLV, de fecha 31 de diciembre del 2024 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, de acuerdo con lo previsto en el inciso 6) artículo 20° de Ley N° 27972, Ley Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas.

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía y por Resoluciones de Alcaldía y resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42° prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sea de competencia del Concejo Municipal;

Que, el artículo 195° de la norma constitucional establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asimismo, en su numeral 8) señala que, promueve el desarrollo y regula actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a Ley;

Que, mediante la Ordenanza N° 451/MLV, publicada en diario oficial El Peruano el 14 de diciembre de 2024, se establece los Beneficios para el Pago de Multas Administrativas en Estado Ordinario y Coactivo en el distrito de La Victoria; asimismo, el 18 de diciembre de 2024, se publicó la Fe de Erratas de la mencionada Ordenanza;

Que, la segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza referida faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para su aplicación, así como la prórroga de su vigencia.

Que, mediante el Informe N° 003556-2024-SGSCA-GFC/MLV, de fecha 30 de diciembre de 2024, la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa, pone en conocimiento de la Gerencia de Fiscalización y Control, la solicitud para la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 451/MLV, por ser una norma que ha permitido que numerosos administrados regularicen sus deudas bajo condiciones favorables, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización y Control;

Que, mediante Informe N° 000532-2024-OGAJ/MLV, de fecha 31 de diciembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina legalmente viable que se emita el Decreto de Alcaldía, de conformidad con el inciso 6), del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades y se prorrogue hasta el 31 de enero de 2025;

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6), del artículo 20° y los artículos 39° y 42°, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la Ordenanza N° 451/MLV; y, contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, la Secretaría General, la Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Fiscalización y Control.

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 451/MLV, que Aprueba la Ordenanza que establece Beneficios para el Pago de Multas Administrativas en Estado Ordinario y Coactivo en el distrito de La Victoria.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Fiscalización y Control, Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina General de Tecnologías de la Información y demás órganos y unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General realizar el trámite de la publicación del presente Decreto en el diario oficial El Peruano, así como ante la Oficina General de Tecnologías de la Información, para la publicación del presente Decreto en el Portal web de la Municipalidad Distrital de La Victoria.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

RUBEN CANO ALTEZ

Alcalde

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