Disponen que los fiscales continuarán en el ejercicio de sus funciones en las fiscalías, unidad funcional y/o orgánica en el Ministerio Público, como consecuencia de sus designaciones que se otorgaron durante el año 2024 -con un período determinado- hasta otra disposición por la Fiscalía de la Nación
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2978-2024-MP-FN
Lima, 30 de diciembre de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, el Ministerio Público se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modificado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Mediante diversas Resoluciones de la Fiscalía de la Nación se resolvió la designación de fiscales titulares de todos los niveles que establece la Ley de la Carrera Fiscal, en despachos fiscales dado por la necesidad de servicio vinculada a la elevada carga laboral y a la ausencia de personal fiscal; así como designaciones en otros cargos -diferentes a despachos fiscales- relacionado a la organización y dirección de las fiscalías o de unidades funcionales/orgánicas que conforman la Institución para la mejora del servicio fiscal.
Cabe anotar que las designaciones citadas en el párrafo precedente, se refieren aquellas que se otorgaron con un período de vigencia determinado, que se ha venido prorrogando en forma periódica durante el año 2024.
En esa línea, el Ministerio Público ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”. Objetivo tal que se orienta a mejorar el servicio que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis a su función constitucional como titular de la acción penal, lo cual importa la intervención del fiscal como ente encargado de conducir la investigación del delito, cuyas decisiones de gestión deben tomarse buscando su incidencia directa e indirectamente en la celeridad procesal, como preservar sus designaciones en mérito a su experiencia profesional adquirida.
En tal sentido, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; a lo precedentemente expuesto y considerando que la atribución de designación de los fiscales en los despachos fiscales y unidades funcionales/orgánicas, son necesarias para el eficaz cumplimiento de las funciones constitucionales de defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la persecución del delito en todas sus modalidades; se estima oportuno disponer que las designaciones señaladas en el tercer párrafo tendrán continuidad hasta otra disposición a que hubiera lugar por la Fiscalía de la Nación, claro está en consonancia con nuestro ordenamiento jurídico vigente.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificado por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, que los fiscales continuarán en el ejercicio de sus funciones en las fiscalías, unidad funcional y/o orgánica en el Ministerio Público, como consecuencia de sus designaciones que se otorgaron durante el año 2024 -con un período determinado- hasta otra disposición por la Fiscalía de la Nación conforme a la normativa vigente.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de la Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a la Oficina General de Tecnologías de la Información.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2358566-1