Aprueban el Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000453-2024-MC
San Borja, 29 de diciembre de 2024
VISTOS: la Hoja de Elevación N° 000038-2024-DDC-CUS/MC y los Memorandos N° 004509-2024-DDC-CUS/MC y N° 004582-2024-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; los Memorandos N° 002246-2024-OGPP- SG/MC, N° 002315-2024-OGPP-SG/MC y N° 002387-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001735-2024-OGAJ-SG/MC, la Hoja de Envío N° 000861-2024-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación N° 000800-2024- OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencias, funciones y atribuciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; a la creación cultural contemporánea y artes vivas; a la gestión cultural e industrias culturales; y, a la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que el Ministerio de Cultura es competente en materia de cultura a lo largo del territorio nacional, comprende al Sector Cultura, constituyéndose en su ente rector;
Que, el artículo 96 del precitado ROF del Ministerio de Cultura señala que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son los órganos desconcentrados del Ministerio encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura; son responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas del Ministerio, relacionadas a las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad, implementando las políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea del Ministerio, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza, entre otros, la estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda;
Que, asimismo, los numerales 55.1 y 55.2 del artículo 55 de los precitados Lineamientos, establecen que la propuesta del Manual de Operaciones se sustenta en un informe técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el Manual de Operaciones, y que se aprueba por resolución ministerial en el caso del Poder Ejecutivo;
Que, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020- PCM-SGP, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP;
Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 000156-2020-SG/MC y modificatoria, se aprueba la Directiva Nº 011-2020-SG/MC, Lineamientos para la elaboración, modificación y aprobación del Manual de Operaciones de los órganos desconcentrados, programas y proyectos especiales del Ministerio de Cultura, con el objetivo de establecer las disposiciones para la elaboración, modificación y aprobación de Manuales de Operaciones de los órganos desconcentrados, programas y proyectos especiales del Ministerio de Cultura;
Que, en ese marco, a través de la Hoja de Elevación N° 000038-2024-DDC CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco remitió el expediente con el proyecto de Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, cuya versión actualizada fue remitida mediante Memorando N° 004509-2024-DDC-CUS/MC;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000443 2024-MC, se aprobó el Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; sin embargo, este acto resolutivo no fue publicado en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Memorando N° 004582-2024-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco señala que se emitió la Resolución Ministerial Nº 000443 2024-MC, que aprueba el Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, la cual aún no fue publicada en el diario oficial El Peruano; siendo ello así, aún no ha surtido sus efectos legales; por lo que, solicita la inclusión de dos nuevas unidades de apoyo en su estructura orgánica adjuntando para ello los informes técnicos de sustento. Asimismo, solicita que se deje sin efecto la referida resolución ministerial y se apruebe una nueva versión final del Manual de Operaciones de dicha dirección desconcentrada;
Que, con los Memorandos N° 002246-2024-OGPP-SG/MC, N° 002341-2024- OGPP-SG/MC y N° 002387-2024-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes Nº 000389-2024-OOM-OGPP-SG/MC, Nº 000418- 2024-OOM-OGPP-SG/MC y Nº 000427-2024-OOM-OGPP-SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización, a través de los cuales se emite opinión favorable respecto de la aprobación del Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco. Cabe indicar que mediante Informe Nº 000427-2024-OOM-OGPP- SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización se precisa que dicha oficina ha realizado las coordinaciones necesarias con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, producto de las cuales se ha elaborado un proyecto de manual de operaciones integral que incluye a las dos unidades de apoyo solicitadas;
Que, mediante Hoja de Elevación N° 000800-2024-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala, entre otros, que lo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 000443-2024-MC se dio en consideración de las opiniones técnicas y legales correspondientes, por lo cual resultó válida, aun cuando no haya surtido efectos en la medida de que no fue publicada en el diario oficial El Peruano. Asimismo, ratica lo señalado en el Informe N° 001735-2024-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Envío N° 000861- 2024-OGAJ-SG/MC, validando la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización en la propuesta de Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, y verifica que no se presenta duplicidad, superposición o conflicto de funciones, considerando jurídicamente viable que se apruebe la nueva propuesta de Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, mediante resolución ministerial. Finalmente, señala que resulta legalmente viable dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 000443-2024-MC, conforme con lo indicado y solicitado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, mediante Memorando N° 004582-2024-DDC-CUS/MC, en la medida de que sustenta nuevas inclusiones;
Que, en ese sentido, corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000443 2024-MC y aprobar el Manual de Operaciones de Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP; y, la Resolución de Secretaría General Nº 000156-2020-SG/MC y modificatoria, que aprueba la Directiva Nº 011-2020- SG/MC, “Lineamientos para la elaboración, modificación y aprobación del Manual de Operaciones de los órganos desconcentrados, programas y proyectos especiales del Ministerio de Cultura”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000443-2024-MC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobar el Manual de Operaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución, dejando sin efecto cualquier acto que se oponga a lo aprobado mediante la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA
Ministro de Cultura
2358028-1