Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de Salud, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 934-2024/MINSA

Lima, 27 de diciembre del 2024

Visto, el Expediente N° OGPPM-OPEE020240000505, que contiene el Memorándum N° D004989-2024-OGPPM-MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D001447-2024-OGAJ-MINSA emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley dispone que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;

Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPNAL/PCD, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI);

Que, el numeral 2 del Capítulo 1 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional” precisa que la descripción del POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional, cuyo contenido principal son las actividades operativas e inversiones; además, comprende dos periodos: i) Multianual: Tres (3) años articulado y guardando correspondencia con el periodo del PEI; y, ii) Anual: Un (1) año en consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA;

Que, el numeral 2 del Capítulo 3 de la mencionada “Guía para el Planeamiento Institucional” señala que el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para implementar las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) definidas en el PEI, por un período no menor de tres (3) años, respetando el período de vigencia del PEI, además, establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y financiera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI;

Que, el numeral 2.1 del Capítulo 3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” establece que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fiscal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual (MMM) y la estructura presupuestal del año vigente. Asimismo, indica que la entidad debe registrar la priorización de cada Actividad Operativa e Inversión, según niveles establecidos, sobre la base de la Ruta Estratégica definida en el PEI; además, expresa la Programación Física y de Costeo para cada año. Finalmente, señala que el POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual a través del aplicativo informático que establezca el CEPLAN;

Que, asimismo, el citado numeral 2.1 del Capítulo 3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” precisa que para contar con el POI Anual, la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Asimismo, señala que luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto y cada Pliego aprueba el PIA, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA; de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, y en consecuencia, las metas físicas son revisadas a nivel multianual, para finalmente obtener el POI Anual; a partir de ello, el POI Anual comprenderá la Programación Física y Financiera de las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas en formal mensual;

Que, en atención a lo antes expuesto, mediante Resolución Ministerial N° 172-2024-MINSA se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 - 2027 ampliado del Ministerio de Salud;

Que, en ese contexto, a través de la Resolución Ministerial N° 334-2024/MINSA se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 904-2024/MINSA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización tiene como función coordinar, formular y actualizar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), con los órganos del Ministerio de Salud y organismos públicos adscritos, así como realizar su seguimiento y evaluación;

Que, con Resolución Ministerial N° 256-2018/MINSA se constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud, para el proceso de planeamiento institucional y operativo, cuya secretaría técnica recae en la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de su Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos;

Que, mediante Acta de validación del Plan Operativo Institucional Anual 2025 consistente en el PIA del Pliego 011: MINSA de fecha 27 de diciembre de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud valida la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) 2025 del Ministerio de Salud;

Que, mediante Memorándum N° D004989-2024-OGPPM-MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe N° D000313-2024-OGPPM-OPEE-MINSA de la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos, a través del cual propone la aprobación del Plan Operativo Institucional Anual 2025 consistente con el PIA del Pliego 011: Ministerio de Salud, el que comprende 33 Unidades Ejecutoras: Administración Central, 18 Hospitales, 7 Institutos Nacionales, 4 Direcciones de Redes Integradas de Salud, Programa Nacional de Inversiones en Salud (PRONIS), Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES) y Programa de Creación de Redes Integradas en Salud (PCRIS);

Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, resulta necesario aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Con el visado de la Dirección General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024/CEPLAN/PCD, que aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de Salud, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Unidades Ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud

000117: ADMINISTRACION CENTRAL - MINSA

000121: INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL

000123: INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLOGICAS

000124: INSTITUTO NACIONAL DE OFTALMOLOGIA

000125: INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION

000126: INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO

000127: INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL

000132: HOSPITAL NACIONAL HIPOLITO UNANUE

000133: HOSPITAL HERMILIO VALDIZAN

000136: HOSPITAL SERGIO BERNALES

000137: HOSPITAL CAYETANO HEREDIA

000141: HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA

000143: HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA

000144: HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO

000145: HOSPITAL DE APOYO SANTA ROSA

000146: HOSPITAL DE EMERGENCIAS CASIMIRO ULLOA

000147: HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS

000148: HOSPITAL NACIONAL VICTOR LARCO HERRERA

000149: HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO - SAN BARTOLOME

000522: HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ

001138: HOSPITAL “JOSE AGURTO TELLO DE CHOSICA”

001216: HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO

001345: CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTOS DE RECURSOS ESTRATEGICOS DE SALUD

001512: INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO - SAN BORJA

001528: HOSPITAL DE HUAYCAN

001655: PROGRAMA NACIONAL DE INVERSIONES EN SALUD

001670: HOSPITAL DE EMERGENCIAS VILLA EL SALVADOR

001683: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA CENTRO

001684: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA NORTE

001685: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA SUR

001686: DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA ESTE

001734: PROGRAMA DE CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS EN SALUD

001746: HOSPITAL DE LIMA ESTE VITARTE

Artículo 2.- Disponer que el cumplimiento de la programación de metas físicas y financieras consideradas en el POI Anual 2025 del Ministerio de Salud, aprobado en el artículo precedente es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Salud.

Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realiza el seguimiento y evaluación de la implementación del POI Anual 2025 del Ministerio de Salud.

Artículo 4.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional Anual 2025 Consistente con el PIA 2025 del Pliego 011: MINSA en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.peru.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2358007-1