LEY Nº 32218
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO
ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO 179-2004-EF, A FIN DE INCORPORAR INTERESES Y GANANCIAS DE CAPITAL INAFECTOS AL IMPUESTO
Artículo único. Modificación del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 179-2004-EF
Se incorporan los números romanos en minúscula iv y v en el literal h) del tercer párrafo del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 179-2004-EF, en los siguientes términos:
“Artículo 18. No son sujetos pasivos del impuesto:
[…]
Constituyen ingresos inafectos al impuesto:
[…]
h) Los intereses y ganancias de capital provenientes de:
[…]
iv. Operaciones de reporte donde los valores que el adquiriente recibe del enajenante sean los instrumentos considerados en los números romanos en minúscula i y ii del presente literal.
v. Enajenación de unidades de participación de Fondos Bursátiles o Exchange Traded Fund (ETF), que tengan como objetivo replicar la rentabilidad de índices de acceso público, construidos sobre la base de los instrumentos considerados en los números romanos en minúscula i y ii del presente literal”.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Vigencia de la Ley
Lo dispuesto en la presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
SEGUNDA. Adecuación del Reglamento
El Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 122-94-EF, a la modificación dispuesta en la presente ley, en un plazo de treinta días hábiles contados a partir de su entrada en vigor.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.
EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2357993-2