Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo de Focalización e Información Social
Resolución Ministerial
N° D000210-2024-MIDIS
San Isidro, 27 de diciembre del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 000901-2024-SERVIR-PE y el Informe Técnico N° 000374-2024-SERVIR-GDSRH emitidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil; los Informes N° D000194-2024-MIDIS-OGRH y N° D000214-2024-MIDIS-OGRH emitidos por la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° D000645-2024-MIDIS-OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000269-2024-MIDIS-OM emitido por la Oficina de Modernización; y el Informe N° D000633-2024-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; estableciéndose que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1612, Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Nacional de Focalización mediante la creación del Organismo Técnico Especializado denominado Organismos de Focalización e Información Social (OFIS) y dicta medidas complementarias, se dispone la creación del OFIS, como Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del citado Decreto Legislativo, el OFIS conduce el Sistema Nacional de Focalización y administra y gestiona la información social, para lo cual tiene competencia de alcance nacional en la gestión, implementación y operación del mismo, así como para gestionar, integrar e interoperar la información social de los hogares para el diseño, implementación y evaluación de intervenciones y políticas públicas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2024-MIDIS, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); y a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00001-2024-OFIS-PE, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), de conformidad con lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 006-2024-MIDIS;
Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00003-2024-OFIS-PE, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Organismo de Focalización e Información Social - OFIS;
Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) en su condición de ente rector; teniendo entre sus funciones: ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el sistema de gestión de recursos humanos; así como gestionar los perfiles de puestos;
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Planificación de Políticas de Recursos Humanos, que permite organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad. Asimismo, permite definir las políticas, directivas y lineamientos propios de la entidad con una visión integral, en temas relacionados con recursos humanos;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la cual tiene como objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional);
Que, el literal b del numeral 5.1. de la Directiva, define el CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE):
Que, mediante los Informes N° D000194-2024-MIDIS-OGRH y N° D000214-2024-MIDIS-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos propone y sustenta la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo de Focalización e Información Social y recomienda emitir el acto resolutivo que formalice su aprobación en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva;
Que, mediante Memorando N° D000645-2024-MIDIS-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización traslada el Informe N° D000269-2024-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización a través del cual emite opinión técnica favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo de Focalización e Información Social;
Que, al respecto, a través del Oficio N° 000901-2024-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de SERVIR traslada el Informe Técnico N° 000374-2024-SERVIR-GDSRH emitido por la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la citada entidad, con el cual emite opinión favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo de Focalización e Información Social, concluyendo que la citada propuesta se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el supuesto 4, proponiendo la incorporación de 230 posiciones en situación de previsto;
Que, según lo dispuesto en el subnumeral 6.3.1.8 del numeral 6.3 de la Directiva, la propuesta de CAP Provisional de un organismo público adscrito, que cuente con opinión técnica favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, se aprueba por Resolución Ministerial;
Que, en virtud a los documentos técnicos descritos en los considerandos precedentes, corresponde la emisión del acto resolutivo que apruebe el Cuadro para Asignación del Personal Provisional del Organismo de Focalización e Información Social - OFIS;
Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modificatorias; la Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional
Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo de Focalización e Información Social, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
2357985-1