Aprueban la NTS Nº 222-MINSA/DGIESP–2024 Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Pacientes con Zika en el Perú
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº 922-2024/MINSA
Lima, 27 de diciembre del 2024
VISTO, el Expediente N° DGIESP20230000821, que contiene el Memorándum N° D000944-2023-DGIESP-MINSA; el Memorándum N° D003132-2023-DGIESP-MINSA, que anexa la Nota Informativa N° D000863-2023-DGIESP-DPCEM-MINSA y el Informe N° 015-2023-TAMCA-DPCEM-DGIESP-MINSA; la Nota Informativa N° D000689-2024-DGIESP-MINSA, que adjunta la Nota Informativa N° D000246-2024-DGIESP-DPCEM-MINSA; la Nota Informativa N° D002450-2024-DGIESP-MINSA, que anexa la Nota Informativa N° D000802-2024-DGIESP-DPCEM-MINSA; y el Memorándum N° D004477-2024-DGIESP-MINSA, que adjunta la Nota Informativa N° D000974-2024-DGIESP-DPCEM-MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Publica; y, los Informes Nº D000841-2023-OGAJ-MINSA y N° D001030-2024-OGAJ-MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, respectivamente;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas, y su artículo 4, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros;
Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia prevención y control de enfermedades metaxénicas y zoonosis, entre otras;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto para aprobación la Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Pacientes con Zika en el Perú, cuya finalidad es contribuir a la preservación de la salud de las personas y a la reducción del impacto sanitario por la enfermedad de Zika, en el marco del modelo de cuidado integral de su salud;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;
Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Oficina General de Comunicaciones, de la Escuela Nacional de Salud Pública, del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades, del Instituto Nacional de Salud, del Seguro Integral de Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la NTS Nº 222-MINSA/DGIESP–2024 Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Pacientes con Zika en el Perú, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2357854-1