Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos y los porcentajes de aplicación del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN

ACUERDO DE CONCEJO

N° 054-2024/CDLO

Los Olivos, 27 de diciembre de 2024

EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS

VISTOS: El Informe N° 301-2024-MDLO-OGPP/MDLO de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 451-2024-MDLO/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, Proveido N° 7151-2024 de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305 “ Ley de Reforma de los artículos 191,194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes” establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…);

Que, por su lado el artículo VIII del Título Preliminar de Ley orgánica de Municipalidades, ley N° 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la constitución Política regulan las actividades de funcionamiento del Sector público; así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, con fecha 11 de diciembre de 2024, se publicó la Ley N° 32185, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el cual comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú;

Que, en ese contexto cabe acotar que mediante el Decreto Legislativo N° 1440 se aprobó el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, norma que tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, y cuyo ámbito de aplicación de acuerdo a lo establecido en el inciso 5 de su artículo 3°, alcanza al gobierno local. Asimismo, en el numeral 31.1 del artículo 31, se precisa que una vez aprobada y publicada la Ley de Presupuesto del Sector Público, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público, remite a los Pliegos el reporte oficial, en versión física o, de estar disponible, en versión electrónica, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos a nivel de Pliego y especifica del ingreso, y de gastos por unidad ejecutora, de ser el caso, Programa Presupuestal, Producto, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Categoría de Gasto y genérica de Gasto, para los fines de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura”;

Que, por su lado el tercer párrafo del artículo 53° de la Ley N° 27972, se establece que el presupuesto municipal debe sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia; señalándose a su vez en el artículo 9° inciso 16 del mismo cuerpo legal que constituye función del Concejo Municipal aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 301-2024-OGPP/MDLO, presenta el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; sustentándose en la Directiva N° 002-2024-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, que fue aprobado con Resolución Directoral N° 0021-2024-EF/50.01 y modificatorias, en las que se establecen las normas de carácter técnico y operativo que permiten a los Gobiernos Locales en su calidad de pliegos presupuestarios, programar, formular y aprobar sus presupuestos institucionales para el año fiscal 2025, a nivel Pliego, Fuente de Financiamiento, Rubros, por Categoría Presupuestaria, Producto/Proyecto, Actividades y Acciones de Inversión u Obra, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional. Asimismo, se da a conocer los porcentajes de distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN para el año fiscal 2025, los mismos deben ser aprobados por el Concejo Municipal en aplicación de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal en los tres niveles de gobierno;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 451-2024-OGAJ/MDLO, opina que resultaría procedente la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el año fiscal 2025 por la suma ascendente de S/ 104,075,793.00 Soles (Ciento y Cuatro Millones Setenta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100 Soles), debiendo ser elevado al Concejo Municipal para su aprobación;

Estando a lo dispuesto por El Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9° y el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal adoptó por Mayoría; y con dispensa del trámite de lectura, lo siguiente:

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DEL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS, a nivel de Pliego, Fuente de Financiamiento, Rubros, por Categoría Presupuestaria, Producto/Proyecto, Actividades y Acciones de Inversión u Obra, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, el mismo que consigna un Presupuesto de Ingresos y Gastos ascendente a la suma de S/ 104,075,793.00 Soles (Ciento y Cuatro Millones Setenta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100 Soles); siendo de la siguiente manera:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

00-RECURSOS ORDINARIOS

07 -FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL

08- IMPUESTOS MUNICIPALES

09- RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

18-CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES

PIA 2025

% de PIA

1 RECURSOS ORDINARIOS

S/ 16,808,997.00

S/ 16,808,997.00

16.15%

2 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

S/ 36,816,031.00

S/ 36,816,031.00

35.37%

5 RECURSOS DETERMINADOS

S/ 14,857,791.00

S/ 35,420,262.00

S/ 172,712.00

S/ 50,450,765.00

48.48%

MONTO TOTAL

S/ 16,808,997.00

S/ 14,857,791.00

S/ 35,420,262.00

S/ 36,816,031.00

S/ 172,712.00

S/ 104,075,793.00

100.00%

Artículo Segundo.- APROBAR los porcentajes de aplicación del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN, en 56.25% para Gastos Corrientes y 43.75% en Gastos de Capital del Año Fiscal 2025, que forma parte del Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2025.

CONCEPTO

IMPORTE 2025

%

GASTO CORRIENTE

S/ 8,357,791.00

56.25%

GASTO DE CAPITAL (ACTIVOS NO FINANCIEROS)

S/ 6,500,000.00

43.75%

TOTAL

S/ 14,857,791.00

100.00%

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL y a la OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO el cumplimiento en todos sus extremos del presente Acuerdo y su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO el cumplimiento del presente acuerdo de concejo, a la OFICINA GENERAL DE SECRETARÍA la publicacion del presente acuerdo de concejo en el diario oficial “El Peruano”, a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y a la OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES, la publicación del presente Acuerdo de Consejo en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de Los Olivos.

Registrese, comuniquese y cumplase.

LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA

Alcalde

2357740-1