Aprueban la Directiva Nº 002-2024-MTC/18, “Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 039-2024-MTC/18
Lima, 20 de diciembre de 2024
VISTO: El Memorando Nº 1322-2024-MTC/17 de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, el Memorando Nº 3916-2024-MTC/23 de la Oficina General de Tecnología de la Información, y el Informe Nº 1263-2024-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, el cual tiene por objeto regular a las AFOCAT, los Fondos contra Accidentes de Tránsito que éstas constituyan, el Certificado contra Accidentes de Tránsito que emitan, así como la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2024-MTC, se modifica, entre otros, el citado Reglamento, a fin de implementar el Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico;
Que, conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 004-2024-MTC, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Directoral, aprueba i) los Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico, ii) el plazo de adecuación de la base de datos implementada para el registro de información de la contratación de pólizas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, a efectos de incorporar la base de datos del Certificado contra Accidentes de Tránsito físico y electrónico, y iii) el plazo para la habilitación de un servicio web para que las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT puedan realizar el procedimiento de emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, mediante Memorando Nº 1322-2024-MTC/17 que adjunta el Memorando Nº 4166-2024-MTC/17.04 de la Dirección de Circulación Vial, así como, la Oficina General de Tecnología de la Información, mediante Memorando Nº 3916-2024-MTC/23 que adjunta el Informe Nº 0605-2024-MTC/23.01 de la Oficina de Desarrollo Tecnológico y Digital; brindan conformidad y viabilidad en relación a la propuesta de los “Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico” y los plazos de adecuación de la base de datos y habilitación de un servicio web para la implementación del CAT electrónico;
Que, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, mediante Informe Nº 1263-2024-MTC/18.01, consolida, sustenta y propone la aprobación de los Lineamientos y plazos citados en el considerando precedente, que permitan la implementación del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico, en el marco de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 004-2024-MTC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de los Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del CAT electrónico
Aprobar la Directiva Nº 002-2024-MTC/18, “Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Plazo de adecuación de la base de datos y plazo de implementación del servicio web
Hasta el 23 de junio de 2026 es el plazo máximo para que la Oficina General de Tecnología de la Información adecúe la base de datos implementada para el registro de información de la contratación de pólizas del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito - SOAT, a efectos de incorporar la base de datos del Certificado contra Accidentes de Tránsito físico y electrónico; y, habilite el servicio web para que las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT puedan realizar el procedimiento de emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico.
Artículo 3.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR ADRÍAN ARROYO TOCTO
Director General
Dirección General de Políticas y Regulación
en Transporte Multimodal
2357687-1