Disponen que hasta el 31 de enero de 2025, la Macrorregión de Control Norte, Macrorregión de Control Centro y Macrorregión de Control Sur, realicen las acciones y actividades vinculadas a los sistemas administrativos para cumplimiento de las obligaciones, compromisos y otros, asumidos o generados al 30 de agosto de 2024

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA

Nº 741-2024-CG

Lima, 27 de diciembre de 2024

VISTOS:

Los Proveídos Nº 003692-2024-CG/SGE y Nº 003733-2024-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja de Envío Nº 001761-2024-CG/VGEIC y los Memorandos Nº 000291-2024-CG/VGEIC y Nº 000319-2024-CG/VGEIC, de la Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control; el Memorando Nº 002608-2024-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; el Memorando Nº 001673-2024-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa Nº 000900-2024-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; la Hoja Informativa Nº 001144-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 001492-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, conforme al artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, teniendo por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en control social;

Que, de acuerdo con los literales a), b) y c) del artículo 32 de la Ley Nº 27785, respectivamente, el Contralor General de la República, en el desempeño de su gestión, está facultado para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior; planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema Nacional de Control; así como dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad;

Que, mediante el artículo 21 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se autoriza la creación, durante el Año Fiscal 2023, de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General, disponiendo que para este fin se exonera al Pliego 019, de lo establecido en el artículo 68 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que regula los criterios para la creación y el cierre de unidades ejecutoras;

Que, con Resolución de Contraloría Nº 376-2023-CG, se formaliza la creación de las citadas tres (03) Unidades Ejecutoras en el Pliego 019: Contraloría General: Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro, y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur; habiéndose definido a través de la Resolución de Contraloría Nº 405-2023-CG, los ámbitos territoriales de atención de las mismas, conforme al siguiente detalle: Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte (Gerencias Regionales de Control de Piura, Tumbes, Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Amazonas, Loreto y San Martín); Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro (Gerencias Regionales de Control de Huánuco, Pasco, Junín, Ica, Lima Provincias, Ucayali, Huancavelica y Áncash); y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur (Gerencias Regionales de Control de Puno, Tacna, Cusco, Apurímac, Arequipa, Moquegua, Madre de Dios y Ayacucho); y, a través de la Resolución de Contraloría Nº 198-2024-CG, se modificó el artículo 1 de la Resolución de Contraloría Nº 376-2023-CG, a efectos de precisar el ámbito geográfico donde se ubican las sedes administrativas de las unidades ejecutoras mencionadas precedentemente;

Que, con base en los fundamentos señalados en la parte considerativa de la Resolución de Contraloría Nº 513-2024-CG, publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de agosto de 2024, a través de su artículo 1 se declara en reorganización administrativa la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, la Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y la Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, a fin de realizar una evaluación integral de las acciones implementadas en estas unidades ejecutoras y la continuidad de su operatividad;

Que, el citado artículo 1 de la Resolución de Contraloría Nº 513-2024-CG también dispone que las citadas Unidades Ejecutoras solamente podrán implementar las acciones pertinentes para la conclusión de los compromisos en curso hasta el 15 de septiembre del presente año; siendo que, posteriormente, se dispone ampliar hasta el 15 de octubre de 2024 dicho plazo mediante el artículo 1 de la Resolución de Contraloría Nº 597-2024-CG, con eficacia anticipada al 16 de setiembre de 2024;

Que, por otra parte, el segundo párrafo del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modificatorias dispone que la Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control es responsable de supervisar las acciones de las Unidades Ejecutoras 003, 004 y 005 para la dotación de los recursos estratégicos, necesarios para la ejecución de los servicios de control gubernamental a cargo de los órganos de línea y órganos desconcentrados;

Que, adicionalmente, los literales a) y m) del artículo 16 del citado documento de gestión indican, respectivamente, que la Secretaría General tiene la función de dirigir, coordinar y supervisar las acciones referidas a los órganos de apoyo y asesoramiento de la Contraloría General de la República que dependan del citado órgano, así como coordinar con los responsables de los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, la ejecución de acciones o disposiciones que emanen de la Alta Dirección, relacionadas con su competencia funcional; así como velar por su cumplimiento;

Que, en cumplimiento de lo señalado por el artículo 1 de la Resolución de Contraloría Nº 513-2024-CG, cuyo plazo fue ampliado mediante la Resolución de Contraloría Nº 597-2024-CG, mediante la Hoja de Envío Nº 001761-2024-CG/VGEIC y los Memorandos Nº 000291-2024-CG/VGEIC y Nº 000319-2024-CG/VGEIC, la Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control recomienda disponer acciones a efectos de que se realicen las actividades vinculadas a los sistemas administrativos para el cumplimiento de las obligaciones, compromisos y otros, asumidos o generados al 30 de agosto de 2024, disponiéndose, además, otorgar la representación legal de las Unidades Ejecutoras 003, 004 y 005 al/a la Jefe/a de Unidad de las citadas unidades ejecutoras; dichas propuestas fueron posteriormente canalizadas por la Secretaría General a través de los Proveídos Nº 003692-2024-CG/SGE y Nº 003733-2024-CG/SGE;

Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental en el Memorando Nº 001492-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 001144-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta jurídicamente viable emitir el acto resolutivo que disponga las recomendaciones a propuesta de la Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control, canalizadas por la Secretaría General y, conforme a la opinión técnica de la Gerencia de Administración, la Gerencia de Modernización y Planeamiento y la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, a través del Memorando Nº 002608-2024-CG/GAD, el Memorando Nº 001673-2024-CG/GMPL y la Hoja Informativa Nº 000900-2024-CG/PLPREPI, respectivamente;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que, hasta el 31 de enero de 2025 y en el marco del artículo 1 de la Resolución de Contraloría Nº 513-2024-CG, la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, la Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y la Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, realicen las acciones y actividades vinculadas a los sistemas administrativos para el cumplimiento de las obligaciones, compromisos y otros, asumidos o generados al 30 de agosto de 2024, debiendo informar a la Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control los resultados de las gestiones realizadas.

Artículo 2.- Otorgar, para efectos de lo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución, la representación legal de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, la Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y la Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, al/a la Jefe/a de Unidad de las referidas unidades ejecutoras.

Artículo 3.- Disponer que la Gerencia de Administración, Unidad Ejecutora 001-196 del Pliego 019: Contraloría General, continúe asumiendo los requerimientos a que hace referencia el artículo 2 de la Resolución de Contraloría Nº 513-2024-CG; debiendo, asimismo, realizar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de las obligaciones generadas a partir de las prestaciones realizadas a favor de los órganos desconcentrados en el ámbito de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, la Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y la Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, con posterioridad al 30 de agosto de 2024.

Artículo 4.- Disponer que, hasta el 31 de marzo de 2025, la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, la Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y la Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, deberán concluir con la información administrativa y financiera a efectos de finalizar el proceso de cierre correspondiente.

Artículo 5.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.

Artículo 6.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI

Contralor General de la República

2357476-1