Autorizan la continuidad de las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año 2025, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000200-2024/JNAC/RENIEC

Lima, 26 de diciembre de 2024

VISTOS:

Los Informes Nº 000020-2024/MAP/DSR/RENIEC (11DIC2023) y Nº 000021-2024/MAP/DSR/RENIEC (18DIC2023) y los Memorandos Nº 002676-2024/DSR/RENIEC (29NOV2024) y Nº 002844-2024/DSR/RENIEC (18DIC2024) de la Dirección de Servicios Registrales; las Hojas de Elevación Nº 000418-2024/OPP/RENIEC (11DIC2024) y Nº 000431-2024/OPP/RENIEC (19DIC2024) de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); los Informes N°000331-2024/OPP/UPE/RENIEC (11DIC2024) y N°000352-2024/OPP/UPE/RENIEC (19DIC2024) de la Unidad de Planificación y Estadística (hoy Unidad de Planeamiento e Inversiones); los Informes N°000849-2024/OPP/UP/RENIEC (11DIC2024) y N°000873-2024/OPP/UP/RENIEC (19DIC2024) de la Unidad de Presupuesto, ambas unidades de la de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); el Memorando Nº 000355-2024/GG/RENIEC (13DIC2024) de la Gerencia General y los Informes Nº 001489-2024/OAJ/RENIEC (16DIC2024) y Nº 001513-2024/OAJ/RENIEC (20DIC2024) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales -RUIPN, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el artículo 98° del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por el Decreto Supremo N°015-98-PCM, establece la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo Resoluciones Jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños, niñas y adolescentes, entre otros;

Que teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, mediante la Resolución Jefatural Nº 000210-2023/JNAC/RENIEC (22DIC2023), se dispuso continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año 2024;

Que el acto administrativo citado en el considerando precedente autorizó los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN y la consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA y de la red hospitalaria de EsSALUD en el año 2024;

Que en ese contexto, la Dirección de Servicios Registrales mediante el documento de vistos, señala que a fin de asegurar el servicio registral, propone continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD, desde el 01 de enero al 31 de diciembre del 2025, así como la tramitación y la correspondiente emisión del DNI electrónico en forma gratuita a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA, así como a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSALUD, para el periodo 2025;

Que asimismo propone dar continuidad a la gratuidad en la tramitación y emisión de DNI electrónico a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de todos los distritos de las (25) regiones del Perú, que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como a los Centros de Salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichas regiones, en el marco del Programa Presupuestal 079: “Acceso de la Población a la Identidad”;

Que la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), a través de los documentos de vistos señala que lo solicitado por la Dirección de Servicios Registrales, es factible de ser financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para el año 2025, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Servicios Registrales;

Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente;

Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y,

Estando a la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la continuidad de las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año
2025.

Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad en los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN y la consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA, durante el año 2025.

Artículo Tercero.- Autorizar la gratuidad en los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN y la consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSalud, durante el año 2025.

Artículo Cuarto.- Autorizar la gratuidad en los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN y la consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de todos los distritos de las 25 regiones del Perú que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como a los Centros de Salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco del Programa “Acceso de la Población a la Identidad”, durante el año 2025.

Artículo Quinto.- Admitir de manera excepcional, como válida la declaración del domicilio consignado en la Declaración Jurada de Domicilio otorgado por la madre, a fin de poder declarar el domicilio del menor de edad cuando este sea distinto al que consta en el DNI de la madre, según el formato que como anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Sexto.- Establecer la gratuidad para el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad generada en la Oficina Registral Auxiliar a la Oficina Registral, Agencia y Punto de Atención cercano al domicilio del declarante.

Artículo Séptimo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios que se le asignará a la Dirección de Servicios Registrales para el año 2025, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Octavo.- Encargar a la Dirección de Servicios Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de esta para la publicidad a la población.

Artículo Noveno.- La presente Resolución Jefatural se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y el anexo en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN

Jefa Nacional

2357228-1