Aprueban desagregación de recursos a favor del Ministerio del Interior para financiar la transferencia financiera que debe efectuar a la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP)

Resolución Ministerial

Nº 1871-2024-IN

Lima, 25 de diciembre de 2024

VISTOS, el Informe Nº 001160-2024-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº002583-2024-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 002350-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Púlico para el año Fiscal 2025, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: M. del interior, que asciende a la suma de S/ 12 893 682 003,00 (DOCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEICIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el numeral 68.1 del artículo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, en el mes de diciembre del Año Fiscal 2024, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2024 del Presupuesto del Sector Público; las que no se encuentran comprendidas dentro del límite del monto a que se refiere el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440. Asimismo, las citadas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el referendo del Ministro de Defensa y del Ministro del Interior, a solicitud de los titulares del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda. Las propuestas de decreto supremo deben ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas a más tardar hasta el 16 de diciembre de 2024. Dichos recursos se incorporan en los presupuestos institucionales de los mencionados pliegos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; estableciendo que los recursos en mención se destinan únicamente para financiar la transferencia financiera que los citados pliegos deben efectuar por el monto total de los recursos transferidos, a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones;

Que, asimismo, el numeral 68.2 del artículo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 señala, entre otros, que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda, y se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, se autoriza, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 2 390 000 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones, conforme a lo establecido en el numeral 68.1 del artículo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; correspondiendo al Ministerio del Interior la suma de S/ 1 484 533 193,00;

Que, el artículo 2, numeral 2.1 del Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, establece que “Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”;

Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, dispone que “Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos” y señala que “El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior son responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento de la finalidad para la cual son transferidos los recursos, de conformidad con lo establecido en el numeral 68.3 del artículo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025”

Que, a través del Informe Nº 001160-2024-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, propone la Resolución Ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, hasta por la suma de S/ 1 484 533 193,00 (MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 007: M. del Interior, para financiar la transferencia financiera que debe efectuar a la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de las obligaciones previsionales a su cargo; y asimismo, autoriza a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, a realizar la transferencia financiera de los citados recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), en el marco de lo dispuesto en el numeral 68.1 del articulo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, con Memorando Nº 002583-2024-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta planteada por la Oficina de Presupuesto a través del Informe Nº 001160-2024-IN-OGPP-OP;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que resulta legalmente viable la tramitación de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), conforme a lo propuesto por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 1925-2023-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desagregación de recursos

Aprobar la desagregación de los recursos aprobada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 284-2024-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 484 533 193,00 (MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Pliego 007: M. del Interior, para financiar la transferencia financiera que debe efectuar a la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle:

EGRESOS EN SOLES

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : M. del Interior

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

PRODUCTO 3999999 : Sin Producto

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.5 Otros Gastos 1 484 533 193,00

________________

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001: OFICINA 1 484 533 193,00

GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ________________

TOTAL PLIEGO 007: M. DEL INTERIOR : 1 484 533 193,00

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Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: M. del Interior para que elabore la correspondiente “Nota de Modificación Presupuestaria”, que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial

Autorizar a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: M. del Interior, a realizar la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) hasta por la suma de S/ 1 484 533 193,00 (MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para ser destinado exclusivamente al pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2025.

Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Remisión

Copia de la presente Resolución se remite, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan José Santiváñez Antúnez

Ministro del Interior

2357008-1