Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 769-2024-MTC/01

Lima, 19 de diciembre de 2024

VISTO: Los Memorandos N° 2849-2024-MTC/09 y N° 2910-2024-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 32185, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, la Centésima Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2024, a realizar una transferencia financiera, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, hasta por la suma de S/ 112 875 795,00 (CIENTO DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre de personas en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, así como para la contratación de bienes y servicios que coadyuven a revertir e impedir la interrupción de la prestación de dicho servicio público asegurando su sostenibilidad operacional, la continuidad de su prestación y fortaleciendo las acciones complementarias para proteger la integridad, vida y salud de los usuarios, conductores y ciudadanos en general;

Que, con los Memorandos N° 2849-2024-MTC/09 y N° 2910-2024-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo los Informes N° 0896-2024-MTC/09.03 y N° 0930-2024-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, respectivamente, a través de los cuales emite opinión favorable y propone, en el marco de lo establecido en la Centésima Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 112 875 795,00 (CIENTO DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional Modificado 2024 de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Administración General, en el Programa Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Producto 3000842: Sistema de Transporte Masivo Operativo y con Mantenimiento, en la Actividad 5005735: Operación y Mantenimiento de las Actividades Ferroviarias Urbanas Concesionadas, Genérica de Gasto: 2.4. Donaciones y Transferencias;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 112 875 795,00 (CIENTO DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 112 875 795,00 (CIENTO DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, para garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre de personas en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, así como para la contratación de bienes y servicios que coadyuven a revertir e impedir la interrupción de la prestación de dicho servicio público asegurando su sostenibilidad operacional, la continuidad de su prestación y fortaleciendo las acciones complementarias para proteger la integridad, vida y salud de los usuarios, conductores y ciudadanos en general; en el marco de lo dispuesto en la Centésima Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo a los recursos asignados al Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Administración General, en el Programa Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Producto 3000842: Sistema de Transporte Masivo Operativo y con Mantenimiento, en la Actividad 5005735: Operación y Mantenimiento de las Actividades Ferroviarias Urbanas Concesionadas, Genérica de Gasto: 2.4. Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión

Copia de la presente resolución se remite a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia financiera.

Artículo 5.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

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