Precisan que, para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, resulta de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022; y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000205-2024-JN/ONPE

Lima, 19 de diciembre de 2024

VISTOS: El Decreto Supremo Nº 128-2024-PCM de la Presidencia de la República; la Resolución Nº 0423-2024-JNE del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000328-2024-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe Nº 000354-2024-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000127-2024-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe Nº 000608-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

En las Elecciones Municipales Complementarias (EMC) 2023, se declaró la nulidad de la elección realizada en el distrito de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; así como la imposibilidad de emitir un pronunciamiento sobre los resultados de cómputo y elección de autoridades en el distrito de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, debido a que no se presentaron solicitudes de inscripción de candidatos;

Por tales motivos, a través del Decreto Supremo Nº 097-2023-PCM, publicado el 16 de agosto de 2023 en el diario oficial El Peruano, se convocó a las EMC 2024 para el día 26 de mayo de 2024, para la elección de alcaldes y regidores de los distritos de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, y de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca;

Mediante la Resolución Nº 0192-2024-JNE, de fecha 24 de junio de 2024, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró concluido el proceso de EMC 2024, comunicando a la Presidencia de la República y a la Presidencia del Consejo de Ministros que se había declarado la nulidad de los comicios en los dos distritos comprendidos en el citado proceso electoral por ausentismo de electores;

En consecuencia, a través del Decreto Supremo Nº 128-2024-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2024, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2025, para el 28 de septiembre de 2025, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de los distritos de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, y de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca;

Con Resolución Nº 0423-2024-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de diciembre de 2024, el JNE resolvió entre otros asuntos: i) aprobar el cronograma electoral para el proceso de EMC 2025; ii) fijar el 20 de diciembre de 2024 como fecha del cierre del padrón electoral para el proceso de EMC 2025; iii) precisar que pueden participar en las EMC 2025 los partidos políticos y organizaciones políticas de alcance regional con ámbito de acción en el departamento de Cajamarca con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas, a la fecha de la publicación de la convocatoria; iv) establecer que es requisito obligatorio intervenir en las elecciones internas organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, conforme al cronograma aprobado para las EMC 2025; v) precisar que para las elecciones internas de las EMC 2025 es de aplicación, entre otros, el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución Nº 0927-2021-JNE;

Sobre la base de la normativa descrita, se tiene que el JNE, además de establecer el cronograma para el proceso de EMC 2025, ha dispuesto como requisito obligatorio que la determinación de las candidaturas que serán inscritas en tales comicios deban generarse en elecciones internas organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

Ahora bien, para la celebración de las elecciones internas para el proceso de EMC 2025, corresponde a este organismo habilitar la vigencia del Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución Jefatural Nº 001639-2021-JN/ONPE, publicado en el diario oficial El Peruano el 29 de noviembre de 2021. Esto conforme al considerando 5 de la Resolución Nº 0423-2024-JNE, donde el JNE expone que las elecciones internas deben realizarse bajo las mismas reglas que rigieron en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por cuanto de este proceso derivan las elecciones complementarias;

Sin perjuicio de lo anterior, lo previsto en el mencionado Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto por el JNE para este proceso electoral;

Por otra parte, es oportuno señalar que, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone a la Gerencia General que, frente a la convocatoria de las EMC 2025 y la aprobación del cronograma electoral por parte del JNE, se establezcan los hitos electorales para las referidas elecciones internas;

En atención a lo expuesto, corresponde expedir la resolución jefatural que explicite la normativa que resulta aplicable a las elecciones internas para el proceso de EMC 2025, cuya organización se encuentra bajo competencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como que establezca los hitos electorales aplicables;

Para finalizar, cabe precisar que, a través de la modalidad de notificación en la casilla electrónica, se pondrá en conocimiento de las organizaciones políticas las decisiones que adopte este organismo electoral en la organización de las elecciones internas para el proceso de EMC 2024; por lo que las notificaciones se realizarán de conformidad con el Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - SISEN - ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000726-2023-JN/ONPE. A tal efecto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales extiende la vigencia de las casillas electrónicas generadas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022; de no contarse con las mismas, estas deberán ser solicitadas a esta entidad;

En uso de las facultades conferidas en los literales c) y g) del artículo 5 y en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 128-2024-PCM de la Presidencia de la República; en los literales r) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-J/ONPE; así como teniendo en cuenta las disposiciones del Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - SISEN - ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000726-2023-JN/ONPE;

Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- PRECISAR que, para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, resulta de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, publicado en el diario oficial El Peruano el 29 de noviembre de 2021.

Artículo Segundo.- PRECISAR que lo previsto en el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones para este proceso electoral.

Artículo Tercero.- ESTABLECER los hitos electorales aplicables para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, conforme al siguiente detalle:

Fecha o periodo

Descripción

Responsable

1

14 al 16 de enero de 2025

Convocatoria a Elecciones Internas

OP

2

17 de enero de 2025

Plazo máximo para comunicar convocatoria a la ONPE

OP

3

27 de marzo de 2025

Plazo máximo para inscripción de candidatos a delegados

OP

4

2 de abril de 2025

Entrega de listas de precandidatos presentadas por las OP

JNE

5

3 al 7 de abril de 2025

Plazo máximo para el registro de miembros de mesa designados

OP

6

2 de mayo de 2025

Plazo máximo para el registro de la relación de personeros

OP

Artículo Cuarto.- ESTABLECER que, para efectos de notificar a las organizaciones políticas las decisiones que adopte la Oficina Nacional de Procesos Electorales en el marco de las Elecciones Internas, aquellas deberán contar con casilla electrónica actualizada. Las comunicaciones remitidas a la casilla electrónica se rigen por el Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - SISEN - ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000726-2023-JN/ONPE.

Artículo Quinto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la presente resolución.

Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

2356121-1