Otorgan a favor de RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C. concesión eléctrica rural para la dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales, en proyecto ubicado en distritos de las provincias de Anta, Chumbivilcas, Cusco, La Convención, Paruro, Acomayo, Canas, Canchis, Espinar, Paruro y Quispicanchi, departamento de Cusco

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0168-2024-MINEM/DGE

Lima, 29 de noviembre de 2024

VISTO: El Expediente N° 65414024, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región Cusco” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C. (en adelante, RENOVA) y el Informe N° 876-2024-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro N° 3734358, de fecha 17 de abril de 2024, RENOVA solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los distritos de Ancahuasi, Anta, Cachimayo, Chinchaypujio, Huarocondo, Limatambo, Mollepata, Pucyura, Zurite, Capacmarca, Chamaca, Colquemarca, Llusco, Quiñota, Santo Tomás, Ccorca, Cusco, Poroy, Cielo Punco, Santa Teresa, Villa Virgen, Ccapi, Huanoquite, Acomayo, Acopia, Acos, Mosoc Llacta, Pomacanchi, Rondocan, Sangarará, Layo, Tupac Amaru, Yanaoca, San Pablo, San Pedro, Sicuani, Capacmarca, Chamaca, Livitaca, Velille, Saylla, Alto Pichigua, Condoroma, Coporaque, Espinar, Pallpata, Suykutambo, Accha, Ccapi, Colcha, Huanoquite, Omacha, Paccaritambo, Pillpinto, Yaurisque, Andahuaylillas, Oropesa y Quiquijana, provincias de Anta, Chumbivilcas, Cusco, La Convención, Paruro, Acomayo, Canas, Canchis, Espinar, Paruro y Quispicanchi, departamento de Cusco, cuyas coordenadas figuran en el Expediente;

Que, RENOVA ha presentado la Resolución Gerencial Regional N° 014-2024-GR Cusco/GREMH, de fecha 22 de marzo de 2024, mediante la cual la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Cusco aprueba la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al PROYECTO, así como la Resolución Directoral N° 0020-2023-MEM/DGE, de fecha 6 de febrero de 2023, mediante la cual, la Dirección General de Electricidad otorga la calificación como Sistema Eléctrico Rural correspondiente al PROYECTO, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 876-2024-MINEM/DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de RENOVA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los distritos de Ancahuasi, Anta, Cachimayo, Chinchaypujio, Huarocondo, Limatambo, Mollepata, Pucyura, Zurite, Capacmarca, Chamaca, Colquemarca, Llusco, Quiñota, Santo Tomás, Ccorca, Cusco, Poroy, Cielo Punco, Santa Teresa, Villa Virgen, Ccapi, Huanoquite, Acomayo, Acopia, Acos, Mosoc Llacta, Pomacanchi, Rondocan, Sangarará, Layo, Tupac Amaru, Yanaoca, San Pablo, San Pedro, Sicuani, Capacmarca, Chamaca, Livitaca, Velille, Saylla, Alto Pichigua, Condoroma, Coporaque, Espinar, Pallpata, Suykutambo, Accha, Ccapi, Colcha, Huanoquite, Omacha, Paccaritambo, Pillpinto, Yaurisque, Andahuaylillas, Oropesa y Quiquijana, provincias de Anta, Chumbivilcas, Cusco, La Convención, Paruro, Acomayo, Canas, Canchis, Espinar, Paruro y Quispicanchi, departamento de Cusco, que comprende a 17,946 viviendas beneficiadas distribuidas en cuatrocientas noventa (490) localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende los lotes beneficiarios donde se ubican los sistemas fotovoltaicos domiciliarios, identificados referencialmente por sus coordenadas que obran en el Expediente presentado, de conformidad con las cantidades indicadas en el cuadro siguiente:

Zona 18:

Provincia

Distrito

usuarios

Anta

Ancahuasi

70

Anta

Anta

142

Anta

Cachimayo

2

Chumbivilcas

Capacmarca

113

Paruro

Ccapi

9

Cusco

Ccorca

97

Chumbivilcas

Chamaca

391

Anta

Chinchaypujio

428

La Convención

Cielo Punco

5

Chumbivilcas

Colquemarca

420

Cusco

Cusco

7

Paruro

Huanoquite

2

Anta

Huarocondo

136

Anta

Limatambo

120

Chumbivilcas

Llusco

405

Anta

Mollepata

80

Cusco

Poroy

31

Anta

Pucyura

4

Chumbivilcas

Quiñota

695

La Convención

Santa Teresa

5

Chumbivilcas

Santo Tomás

53

La Convención

Villa Virgen

3

Anta

Zurite

3

Total Zona 18

3221

Zona 19:

Provincia

Distrito

usuarios

Acomayo

Accha

2

Acomayo

Acomayo

305

Acomayo

Acopia

7

Acomayo

Acos

746

Espinar

Alto Pichihua

2

Quispicanchi

Andahuaylillas

18

Chumbivilcas

Capacmarca

163

Espinar

Ccapi

1

Cusco

Ccorca

3

Chumbivilcas

Chamaca

3947

Paruro

Colcha

7

Chumbivilcas

Colquemarca

272

Espinar

Condoroma

23

Espinar

Coporaque

33

Espinar

Espinar

6

Paruro

Huanoquite

3

Canas

Layo

2

Chumbivilcas

Livitaca

4118

Acomayo

Mosoc Llacta

1

Paruro

Omacha

719

Quispicanchi

Oropesa

9

Paruro

Paccaritambo

122

Espinar

Pallpata

4

Paruro

Pillpinto

606

Acomayo

Pomacanchi

403

Quispicanchi

Quiquijana

1

Acomayo

Rondocan

219

Canchis

San Pablo

7

Canchis

San Pedro

62

Cusco

San Sebastián

4

Acomayo

Sangarará

49

Chumbivilcas

Santo Tomás

16

Cusco

Saylla

22

Canchis

Sicuani

2

Espinar

Suyckutambo

8

Canas

Tupac Amaru

2

Chumbivilcas

Velille

2762

Canas

Yanaoca

1

Paruro

Yaurisque

48

Total Zona 19

14725

Total General: 17,946 usuarios

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181-2024 a suscribirse con RENOVA, el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181-2024 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 181-2024, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a RENOVA dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELVIS RICHARD TELLO ORTIZ

Director General

Dirección General de Electricidad

2356057-1