Resolución Directoral que aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025, y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0039-2024-EF/50.01

Lima, 18 de diciembre de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;

Que, conforme al numeral 22.1 del artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las mismas que se encuentran reguladas genéricamente por el citado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fase de Ejecución Presupuestaria se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal, periodo en el que se perciben los ingresos públicos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y sus modificaciones;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así como los Modelos, las Fichas y los Lineamientos, estableciéndose en la referida Directiva las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para el año fiscal respectivo;

Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, referidas a promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025;

Que, los artículos 19 y 21 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, disponen que los ingresos y los gastos públicos se estructuran siguiendo las Clasificaciones por Fuentes de Financiamiento, Económica, Institucional, Funcional, Programática y Geográfica, las mismas que son aprobadas mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, por lo cual resulta necesario aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025;

En uso de las facultades conferidas en los artículos 5, 19 y 21 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025

Aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el que forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025

2.1 Aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025, los cuales forman parte de la presente Resolución Directoral, de acuerdo a lo siguiente:

a) Clasificador Económico de Ingresos para el Año Fiscal 2025 (Anexo 1).

b) Clasificador Económico de Gastos para el Año Fiscal 2025 (Anexo 2).

c) Clasificador Institucional para el Año Fiscal 2025 (Anexo 3).

d) Clasificador de Fuentes de Financiamiento y Rubros para el Año Fiscal 2025 (Anexo 4).

e) Clasificador Geográfico para el Año Fiscal 2025 (Anexo 5).

2.2 La Dirección General de Presupuesto Público evalúa las solicitudes de modificación de los Clasificadores Económicos de Ingresos y de Gastos, e Institucional, propuestas por las entidades públicas, a efectos de establecer la codificación correspondiente e inclusión dentro del respectivo Clasificador, de ser el caso.

2.3 Los Clasificadores Presupuestarios aprobados mediante la presente Resolución Directoral, no convalidan los actos o acciones que realicen los pliegos presupuestarios con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades establecidas por las normas legales, así como tampoco, en ningún caso, dichos Clasificadores Presupuestarios constituyen el sustento legal para la realización de operaciones de ingresos y gastos.

Las partidas contempladas en los citados Clasificadores Presupuestarios, únicamente se utilizan para el registro de las transacciones que han sido contraídas por las entidades públicas en el marco de la normatividad vigente, orientadas al cumplimiento de sus tareas y/o funciones para la prestación de los servicios públicos, que legalmente les han sido encomendadas, para la consecución de sus objetivos y metas institucionales.

Artículo 3.- Modificación

La Dirección General de Presupuesto Público puede modificar mediante Comunicado, los plazos establecidos en el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales aprobados en la presente Resolución Directoral. Dicho Comunicado se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

Artículo 4.- Publicación

Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución Directoral y el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a los que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.

La presente Resolución Directoral, el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2025 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2025, a los que hacen referencia los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Directoral, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5. Vigencia

La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2025, salvo lo dispuesto en el artículo 1 que entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución Directoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Director General

Dirección General de Presupuesto Público

2355829-1