Aprueban primera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica que utilice recursos hídricos para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 470-2024-MINEM/DM
Lima, 19 de diciembre de 2024
VISTOS: El Expediente N° 11362915 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”, cuyo titular es la empresa ELECTRO ARAZA S.A.C.; la solicitud de la primera modificación de dicha concesión; los Informes N° 684-2024-MINEM/DGE-DCE y N° 920-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00567-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1184-2024-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 100-2018-MEM/DM, publicada el 28 de marzo de 2018, se otorga a favor de ELECTRO ARAZA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri, con una potencia instalada de 35, 80 y 80 MW, respectivamente, ubicadas en los distritos de Marcapata y Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco (en adelante, la CONCESIÓN). Asimismo, se aprueba el Contrato de Concesión N° 510-2017 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la ejecución del proyecto se iniciaría el 6 de octubre de 2021 y la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) sería a más tardar el 21 de diciembre de 2027;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM, de fecha 9 de abril de 2024, se calificó como fuerza mayor el evento invocado por ELECTRO ARAZA S.A.C. denominado: “Paralización de los trabajos del proyecto de titularidad de ATN 3 S.A.”;
Que, mediante documento con Registro N° 3751939, de fecha 23 de mayo de 2024, ELECTRO ARAZA S.A.C. solicita la primera modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, a fin de prorrogar la fecha del Inicio de Obras y de la POC, al 15 de mayo de 2025 y 3 de octubre de 2031, respectivamente, en base al evento de fuerza mayor calificado como tal a través de la citada Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM;
Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modificación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y verificación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes;
Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la modificación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda;
Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de ELECTRO ARAZA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en las normas sectoriales; por lo que corresponde aprobar la primera modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en esta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por con Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica que utilice recursos hídricos para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Aprobar la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017, solicitada por ELECTRO ARAZA S.A.C., en lo referido a modificar las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera y Décimo Cuarta, así como el numeral 3 del Anexo N° 2 y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente, así como cualquiera minuta aclaratoria que se requiera para dichos efectos.
Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la primera modificación al Contrato de Concesión N° 510-2017 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ELECTRO ARAZA S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTERO CORNEJO
Ministro de Energía y Minas
2355691-1