Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal

Ordenanza Municipal

Nº 006-2024-MDEA

El Algarrobal, 29 de mayo del 2024

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL EL

ALGARROBAL

VISTO:

En sesión ordinaria del Consejo Municipal de fecha 28 de mayo del 2024, Informe Nº 570-2024-OGPOP-MDEA, Informe Nº 253-202-OGAJ-MDEA; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la constitución política del Perú, modificado por la ley Nº27680 de reforma constitucional, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y corresponde al Consejo Municipal, la función normativa mediante ordenanza que tiene rango de Ley;

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 39º establece que “los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos”; asimismo, el artículo 40º, señala que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (…)”.También, de acuerdo al numeral 8) del artículo 9º, son atribuciones del Concejo Municipal “aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, por ser de su competencia”;

Que, el artículo 37 de la Ley de Procedimientos Administrativos General, señala que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; asimismo, en su artículo 38.1 establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Ordenanza Municipal;

Que, el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que tiene como objeto establecer las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del SUT, a cargo de las entidades de la administración pública; así como con Resolución de Secretaría General de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM-SGP se aprueba la actualización del Manual de Usuarios del Sistema Único de Trámites (SUT);

Mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2020-MDEA de fecha 29 de octubre del 2020, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital El Algarrobal, que consta de noventa y cuatro (94) procedimientos administrativos, con sus respectivos requisitos y plazos para resolver, que consta como anexo Nº 01 de la indicada Ordenanza;

Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Con Informe Nº 570-2024-OGPP-MDEA el jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital El Algarrobal, concluye que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), contemplado en la Ley de Procedimiento Administrativo General, cumple con el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, Resolución de Secretaria General de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP y Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM, se evaluó los plazos de atención, requisitos de acuerdo a la normatividad de procedimientos administrativos, realizando su validación y conformidad por parte de las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital El Algarrobal, determinando costos y servicios prestados en exclusividad según el Decreto Supremo Nº 064-2024-PCM y utilizando el aplicativo informativo de Secretaría Técnica de Gestión Pública – PCM, proyecto de Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA), que consta de doscientos treinta y siete (237) procedimientos administrativos /servicios registrados en el aplicativo del sistema único de Trámite (SUT);

Que, mediante Informe Nº 253-2024-OGAJ-MDEA, el jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital El Algarrobal, concluye que remite como informe complementario para su aprobación de petición formulada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital El Algarrobal;

De conformidad a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa de lectura y aprobación del acta ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE EL ALGARROBAL

Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, consistente en doscientos treinta y siete (237) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que como anexo Nº 1 forman parte de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Segundo.- DEROGAR Y DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Tercero.- REMÍTASE la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Ilo para su ratificación mediante Acuerdo de Concejo.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la MDEA, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal web del diario oficial El Peruano, la misma fecha de publicación en el diario. Adicionalmente se difunda a través de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano y Portal Institucional de la entidad.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FLORENTINO NINA FERNANDEZ

Alcalde

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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