ley nº 32193
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DEL JARDÍN BOTÁNICO NACIONAL DEL PERÚ
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la creación del Jardín Botánico Nacional del Perú (red de sitios) con la finalidad de desarrollar investigación científica para la utilización racional de las especies y de los ecosistemas, y conservar colecciones documentadas de la biodiversidad vegetal del país, propiciando un espacio para el estudio y difusión de su valor medicinal y nutricional, y la divulgación y educación ambiental, y promoviendo la recreación, el acercamiento a la naturaleza y la identidad cultural.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones de implementación
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en coordinación con el Ministerio del Ambiente y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), se encargará de implementar las acciones para la creación del Jardín Botánico Nacional del Perú (red de sitios), involucrando a los gobiernos locales, gobiernos regionales y otros actores pertinentes.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro.
EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República
CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
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