Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a nueve bienes culturales muebles pertenecientes a la Municipalidad Provincial de Ica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000343-2024-VMPCIC/MC
San Borja, 12 de diciembre del 2024
VISTOS; el Informe N° 000575-2024-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000751-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública estando protegidos por el Estado;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, a través del artículo IV del Título Preliminar de la norma, se declara de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los bienes de interés artístico como cuadros, lienzos, pinturas, esculturas y dibujos, composiciones musicales y poéticas hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material y otros objetos que sean declarados como tales o sobre los que exista la presunción legal de serlos;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el literal a) del artículo 14 de la norma, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos tiene a su cargo la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, corresponde a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles de la Dirección General de Museos, de acuerdo con el numeral 70.3 del artículo 70 del ROF, mantener actualizado el Registro Nacional de bienes culturales muebles con la información del patrimonio cultural mueble a cargo de los museos y pertenecientes a colecciones privadas y públicas, lo cual conlleva la prerrogativa para evaluar y emitir opinión en relación a la naturaleza de Patrimonio Cultural de la Nación de los bienes que podrían integrar dicho registro;
Que, mediante el Oficio Nº 0441-2024-GDS-MPI la Municipalidad Provincial de Ica manifiesta su conformidad al inicio del procedimiento para la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de nueve bienes culturales muebles de su propiedad (bustos de personajes ilustres de la sociedad iqueña);
Que, a través del Informe Nº 000575-2024-DGM-VMPCIC/MC la Dirección General de Museos remite el Informe Nº 000022-2024-DRBM-DGM-VMPCIC-DCC/MC, a través del cual se evalúa, analiza y emite opinión favorable para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los nueve bienes culturales muebles descritos;
Que, los nueve bienes culturales muebles de propiedad de la Municipalidad Provincial de Ica presentan un alto grado de valor, importancia y significado de índole histórico, social y artístico. Respecto al valor histórico este se debe a que estas esculturas permiten reconocer a personajes ilustres de nuestra historia peruana y son erigidos en los espacios públicos de la ciudad de Ica para su memoria;
Que, asimismo, poseen valor artístico, el que se refleja debido a que son la creación plástica de un importante artista iqueño, cuyo desarrollo formal nos permite reconocer la firma del artista y el sello de la fundidora “Bruno Campaiola”, lo cual implica la importancia de estas no solo por su materialidad y desarrollo plástico, sino por encontrase en el espacio público de la ciudad de Ica;
Que, a su vez, los bienes evidencian su significancia social debido a que al encontrarse en espacios públicos permite su observación y apropiación al reconocer en ella personajes ilustres de su historia local y nacional, además al ser reconocido como patrimonio cultural a nivel nacional e internacional fortalece la identidad cultural de los peruanos;
Que, habiendo emitido opinión favorable los órganos técnicos competentes, resulta procedente declarar Patrimonio Cultural de la Nación los bienes culturales muebles descritos; advirtiéndose que los informes técnicos citados constituyen partes integrantes de la presente resolución que obran como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Dirección General de Museos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los nueve bienes culturales muebles pertenecientes a la Municipalidad Provincial de Ica que se describen en el anexo de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución y anexos a la Municipalidad Provincial de Ica y ponerlas en conocimiento de la Dirección General de Museos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA
Viceministro de Patrimonio Cultural
2353473-1