Aprueban la “Directiva de formulación de la ración alimentaria y Metodología para el cálculo presupuestal según modalidades de atención del Programa de Complementación Alimentaria - PCA”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº D000193-2024-MIDIS
San Isidro, 5 de diciembre del 2024
VISTOS:
El Informe Nº D001036-2024-MIDIS-DPSC, emitido por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; el Informe Nº D000061-2024-MIDIS-DGAPS y el Memorando Nº D000203-2024-MIDIS-DGAPS, emitidos por la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando Nº D000559-2024-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº D000238-2024-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización; el Informe Nº D000450-2024-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº D000504-2024-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Ley Nº 31126 se modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del MIDIS, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares; incorporando como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, o en su defecto de las municipalidades provinciales, registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población;
Que, conforme al artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, Decreto Supremo que establece funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria (PCA), el PCA otorga un apoyo alimentario a sus usuarios a través de los centros de atención agrupados en un conjunto de modalidades;
Que, asimismo, los literales a) y b) del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS establecen que el MIDIS tiene como funciones: establecer lineamientos de gestión y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA, así como formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión, seguimiento, monitoreo y evaluación del PCA;
Que, en el marco del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 041-2022-MIDIS y sus modificatorias, el PCA es un programa descentralizado a los Gobiernos Locales en 43 distritos en Lima Metropolitana y 195 provincias en el resto del país, los cuales suscriben Convenios de Gestión con el MIDIS, cuya finalidad es brindar un complemento alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención que se encuentran agrupados en cinco modalidades: Comedores, Hogares – Albergues, Personas en Riesgo, Trabajo Comunal y Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis (PANTBC); siendo que la provisión del complemento alimentario se efectúa mediante la entrega de alimentos en especie u otras formas a la población usuaria del PCA en situación de pobreza y vulnerabilidad;
Que, en su oportunidad, mediante Resolución Directoral Nº 240-2006-MIMDES-PRONAA/DE, se aprueba la Directiva General Nº 016-2006-MIMDES-PRONAA/UGPAN, “Norma sobre raciones referenciales para los programas alimentarios y nutricional del PRONAA”, cuyo objetivo es establecer normas sobre las raciones referenciales de los programas alimentarios nutricionales a cargo del entonces Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, a saber: Hogares – Albergues, Comedores Populares y el PANTBC, los cuales actualmente forman parte de las cinco modalidades del PCA;
Que, por su parte, los artículos 85 y 86 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº D000143-2024-MIDIS señalan que la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales responsable de articular las prestaciones sociales y de supervisar el efectivo cumplimiento de las políticas y normativa general por parte de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias en línea con la Política Sectorial y Políticas Nacionales promovidas por el Estado, en materia de desarrollo e inclusión social; siendo una de sus funciones proponer y formular el marco normativo complementario para la gestión de las prestaciones sociales complementarias en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, asimismo, el artículo 90 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social establece que la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias es la unidad orgánica de línea dependiente de la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, responsable de gestionar y/o supervisar las intervenciones que se efectúan en el marco de las prestaciones sociales complementarias, como el Programa de Complementación Alimentaria (PCA), Programa Vaso de Leche (PVL) y otras, asignadas de acuerdo a la normativa vigente;
Que, en cumplimiento del marco normativo antes señalado, mediante Informe Nº D000061-2024-MIDIS-DGAPS, que a su vez hace suyo el Informe Nº D001036-2024-MIDIS-DPSC, complementado con Memorando Nº D000203-2024-MIDIS-DGAPS, la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales sustenta ante el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales la aprobación de la propuesta de “Directiva de formulación de la ración alimentaria y Metodología para el cálculo presupuestal según modalidades de atención del Programa de Complementación Alimentaria - PCA” (en adelante, la propuesta de Directiva), que actualiza y sustituye los alcances del Anexo Nº 01 de la Directiva General Nº 016-2006-MIMDES-PRONAA/UGPAN, “Norma sobre raciones referenciales para los programas alimentarios y nutricional del PRONAA” en el extremo referido a las modalidades Hogares – Albergues, Comedores y el PANTBC; siendo que tal propuesta cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales otorgada mediante Memorando Nº D000559-2024-MIDIS-VMPS;
Que, la propuesta de Directiva tiene como objetivo establecer las disposiciones para la determinación de la ración alimentaria de las modalidades de atención del PCA, a través de los criterios técnicos para la elección de los alimentos que conforman la canasta alimentaria y determinando la metodología para el cálculo del presupuesto correspondiente a las raciones alimentarias del PCA;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 159-2022-MIDIS, se aprueba la Directiva Nº 003-2022-MIDIS denominada “Catálogo de Documentos Oficiales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, en cuyo sub numeral 4.2.2. del numeral 4.2. de la sección 4 establece que la Directiva es el documento normativo utilizado cuando se requiera regular aspectos vinculados al funcionamiento del MIDIS en el marco de sus funciones como rector del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), pudiendo tener como ámbito de aplicación otros sectores y niveles de gobierno vinculados a la temática de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, en tal virtud, mediante Informe Nº D000450-2024-MIDIS-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000238-2024-MIDIS-OM emitido por la Oficina de Modernización, en virtud del cual se emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de Directiva;
Que, a través del Informe Nº D000504-2024-MIDIS-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe la propuesta de Directiva;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, Decreto Supremo que establece funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria - PCA; la Resolución Ministerial Nº 041-2022-MIDIS, que aprueba el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, y sus modificatorias; la Resolución Ministerial Nº 159-2022-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 003-2022-MIDIS, denominada “Catálogo de Documentos Oficiales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; y la Resolución Ministerial Nº D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de Directiva
Aprobar la Directiva Nº 0012-2024-MIDIS, “Directiva de formulación de la ración alimentaria y Metodología para el cálculo presupuestal según modalidades de atención del Programa de Complementación Alimentaria - PCA”, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogación
Derogar el Anexo Nº 01 de la Directiva General Nº 016-2006-MIMDES-PRONAA/UGPAN, “Norma sobre raciones referenciales para los programas alimentarios y nutricional del PRONAA”, aprobada por Resolución Directoral Nº 240-2006-MIMDES-PRONAA/DE, en el extremo referido a las disposiciones sobre las raciones referenciales de los programas alimentarios nutricionales de Hogares – Albergues, Comedores Populares, y el Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis (PANTBC), quedando vigente en lo demás que contiene.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
2351940-1