Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a España, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

N° 020-2024/DP

Lima, 5 de diciembre de 2024

VISTO:

El Informe N° 864-2024-DP/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y sus antecedentes, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modificatorias; y, mediante Resolución Defensorial N° 004-2024/DP, y modificatoria, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Córpac, y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, en ese sentido, con el Informe N° 864-2024-DP/OAJ, en atención a lo comunicado a través de los Memorandos N° 0081-2024-DP/GA, N° 840-2024-DP/OAF, el Informe N° 760-2024-DP/OGDH y el Memorando N° 2226-2024-DP/OGDH, todos de fecha 05 de diciembre de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que “(…) resulta de interés institucional que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, al Defensor del Pueblo del 07 al 12 de diciembre de 2024, considerando el itinerario del viaje, a la ciudad de Barcelona - España, para participar -como máximo representante de la Entidad- en la cuarta edición del Foro Global de la UNESCO contra el Racismo y la Discriminación, como miembro de la Red de Funcionarios de la UNESCO de Lucha contra el Racismo y la Discriminación; con el objetivo de lanzar la ‘Alianza Global contra el Racismo y las Discriminaciones’, diseñada para promover esfuerzos colaborativos que generen acciones impactantes y duraderas; el Foro abordará cuestiones críticas, incluidas la formulación de políticas inclusivas, la cooperación entre múltiples partes interesadas, los desafíos y oportunidades de las tecnologías emergentes, y la necesidad de priorizar las voces marginadas en esta lucha global. Los gastos serán financiados parcialmente, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: Viáticos Internacionales US$ 2,160.00 dólares americanos (equivalente en soles S/ 8,640.00 aproximadamente). Precisándose además que por motivos de transporte aéreo a la ciudad de Barcelona, se está considerando el viaje, a partir del día 07 de diciembre y el retorno de la comisión del servicio el día 12 de diciembre del 2024. En ese sentido, en tanto dure la ausencia del Titular, el Despacho Defensorial deberá ser encargado a la Primera Adjunta, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones vigente.”;

Con los visados de la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y de la Primera Adjuntía, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° y los literales d) y q) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 004-2024/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Defensor del Pueblo, señor Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, a la ciudad de Barcelona - España del 07 al 12 de diciembre de 2024, considerando el itinerario del viaje, para participar en la cuarta edición del Foro Global de la UNESCO contra el Racismo y la Discriminación, como miembro de la Red de Funcionarios de la UNESCO de Lucha contra el Racismo y la Discriminación.

Artículo Segundo.- Los gastos serán financiados parcialmente, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: Viáticos Internacionales US$ 2,160.00 dólares americanos (equivalente en Soles S/ 8,640.00 aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo Tercero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Primera Adjunta de la Defensoría del Pueblo, a partir del 07 de diciembre de 2024 y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR

Defensor del Pueblo

2351717-1