Ratifican el Memorando de Entendimiento sobre Liberalización de Servicios Exclusivos de Carga Aérea entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 726-2024-MTC/01
Lima, 4 de diciembre de 2024
VISTO: El Informe Nº 0474-2024-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada;
Que, el literal n) del Artículo 9 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para ejecutar la política aérea nacional, así como para negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial;
Que, según el artículo 82 de la Ley, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que el Director General de Aeronáutica Civil se encuentra facultado entre otros, para negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser ratificados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil informa que en el marco de sus competencias ha suscrito el 15 de diciembre de 2023 el documento denominado “Memorando de Entendimiento sobre Liberalización de Servicios Exclusivos de Carga Aérea entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC)” exponiendo los beneficios de dicho instrumento para el país; y solicita sea ratificado mediante Resolución Ministerial, en el marco de las normas antes señaladas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ratificar el “Memorando de Entendimiento sobre Liberalización de Servicios Exclusivos de Carga Aérea entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC),”, suscrito en Lima con fecha 15 de diciembre de 2023 por el Director General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
NOTA: El Memorando de Entendimiento que se ratifica será publicado en el portal web: www.gob.pe/mtc, el mismo día de su publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
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