Nombran Representante Permanente del Perú ante la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ); Representante ante la Conferencia de Estados Parte y ante el Consejo Ejecutivo de la OPAQ

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 222-2024-RE

Lima, 4 de diciembre de 2024

VISTAS:

La Resolución Suprema Nº 152-2024-RE, de 12 de setiembre de 2024, que nombró Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de los Países Bajos a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Franca Lorella Deza Ferreccio;

La Resolución Ministerial Nº 0704-2024-RE, que fija el 1 de noviembre de 2024 como la fecha en que la citada funcionaria diplomática deberá asumir funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de los Países Bajos;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar a la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de los Países Bajos, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Franca Lorella Deza Ferreccio, como Representante Permanente del Perú ante la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ); Representante ante la Conferencia de Estados Parte y ante el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), con sede en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

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