Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac
DECRETO SUPREMO
Nº 246-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del numeral 1 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2024, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones;
Que, el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley establece que las citadas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, a propuesta de la entidad solicitante;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº 000441-2024-IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 284 654,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES), con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, para financiar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, a través de la continuidad y sostenibilidad de los servicios básicos relacionados con la seguridad ciudadana, en el marco de lo establecido en el literal c) del numeral del 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando para dicho efecto, el Informe Nº 000923-2024-IN-OGPP- Presupuesto del OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y citado Ministerio, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante Oficio Nº 000456-2024-IN-DM el citado Ministerio remite información complementaria;
Que, mediante el Memorando Nº 3103-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 3386-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo a sus competencias, estima el costo para el financiamiento de 25 posiciones bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 (CAS), por el periodo de noviembre a diciembre de 2024 que asciende a S/ 111 500,00, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac;
Que, en ese sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 265 725,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, a través de la continuidad y sostenibilidad de los servicios básicos relacionados con la seguridad ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953;
De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 265 725,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, para financiar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, a través de la continuidad y sostenibilidad de los servicios básicos relacionados con la seguridad ciudadana, en el marco de lo establecido en el literal c) del numeral del 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 3 265 725,00
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TOTAL EGRESOS 3 265 725,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO 150128 : Municipalidad Distrital del Rímac
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0030 : Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana
ACTIVIDAD 5004156 : Patrullaje Municipal por Sector – Serenazgo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 111 500,00
2.3 Bienes y Servicios 2 733 225,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 421 000,00
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TOTAL EGRESOS 3 265 725,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Para el caso de los gobiernos locales, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dichos pliegos elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del Presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ
Ministro del Interior
2350706-2