Ordenanza que rectifica el plano de zonificación del distrito de San Bartolo

ORDENANZA N° 2674

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2024, en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 112-2024-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;

Ha dado la ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE RECTIFICA EL

PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE

SAN BARTOLO

Artículo 1.- Aprobar la rectificación del plano de zonificación del distrito de San Bartolo, aprobado por Ordenanza N° 1086, publicada el 26 de octubre de 2007 en el diario oficial El Peruano, precisando la calificación de Residencial de Densidad Media (RDM) para el lote 27 (391 m2) de la manzana 3, de la zona Cerro la Ermita, urbanización Casco Urbano, distrito de San Bartolo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P03233791 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, solicitada por Carmen Ana Vallebuona Merea Vda. de Lozano, identificada con D.N.I. N° 08192325, en su calidad de propietaria del predio, a través del Documento Simple N° 2021-116097; conforme al gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el plano de zonificación de usos del suelo del distrito de San Bartolo la rectificación aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo comunicar a la propietaria del predio en mención y a la Municipalidad Distrital de San Bartolo, el contenido de la presente ordenanza; así como su publicación en el diario oficial El Peruano;

Artículo 4.- Encargar a la Oficina Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.

Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintiocho días de noviembre del dos mil veinticuatro.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2350615-1