Autorizan Transferencias Financieras a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Textil-Confecciones y del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Cuero y Calzado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00476-2024-PRODUCE
Lima, 3 de diciembre de 2024
VISTOS: El Memorando N° 00000697-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe N° 00000184-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, el Memorando N° 00001177-2024-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000297-2024-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, y, el Informe N° 00001316-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Ministerial N° 000432-2023-PRODUCE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las micro y pequeñas empresas (MYPE) mediante la conformación de núcleos ejecutores de compras (NEC);
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1414, establece que los NEC son entes colectivos constituidos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales; disponiendo que se sujetan a dicho Decreto Legislativo, su Reglamento, demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción y, supletoriamente, a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1414 señala que son bienes manufacturados especializados a ser adquiridos a través de NEC, aquellos que corresponden a las actividades económicas de la Cuarta Revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU, aprobada por Resolución Jefatural Nº 024-2010-INEI, entre otros, en el Sector Textil-confecciones: Actividades económicas de las Clases que conforman las Divisiones 13 y 14 y en el Sector Cuero y calzado: Actividades económicas de las Clases que conforman la División 15;
Que, el numeral 11.6 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414, establece señala que el Ministerio de la Producción transfiere financieramente los recursos a favor de los NEC para las adquisiciones de los bienes requeridos por las entidades demandantes, así como para la gestión administrativa de los NEC de corresponder, señalando que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de la Producción o del funcionario a quien dicho titular delegue, y se publican en el diario oficial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 11.7 del artículo 11 del citado Decreto Legislativo, establece, entre otros, que para las transferencias de recursos a los NEC, se requiere la suscripción de un convenio entre éstos y el Ministerio de la Producción, a través de sus órganos de línea, programas o proyectos, en el cual se establecen los términos y condiciones para la entrega de los citados recursos, así como para las correspondientes rendiciones de cuentas;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1414, con el objeto de establecer las disposiciones reglamentarias para impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE a través del Régimen de Desarrollo Productivo y su participación en las compras públicas;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 013-2021-PRODUCE se crea el Programa Nacional “Compras a MYPErú” en el ámbito del Ministerio de la Producción, dependiente funcionalmente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, con el objeto de impulsar la participación de las MYPE en el proceso especial de compras y promover su desarrollo productivo y competitivo, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1414 y su Reglamento;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 194-2024-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de la Producción, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 5 693 571,00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), a favor del Pliego 038: Ministerio de la Producción, para financiar la adquisición de uniformes institucionales, uniformes de faena, cuero y calzado para el personal bajo el Decreto Legislativo Nº 276, personal asistencial y administrativo correspondiente a las Unidades Ejecutoras: 001 Administración Central - MINSA, 033 Hospital Nacional Docente Madre Niño - San Bartolomé, 049 Hospital San Juan de Lurigancho y 142 Hospital de Emergencias Villa El Salvador, mediante núcleos ejecutores de compras, en el marco de lo establecido en los numerales 11.1 y 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1414, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00428-2024-PRODUCE se aprueba la desagregación de recursos autorizados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 194-2024-EF;
Que, el 22 de noviembre de 2024 se suscribe el Convenio N° C004-24 entre el Programa Nacional “Compras a MYPErú” y el NEC del Sector Productivo de Cuero y Calzado, el cual tiene por objeto establecer los términos y condiciones de adquisición de los bienes manufacturados especializados y la gestión de recursos que serán transferidos al mencionado NEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1414, los cuales ascienden a la suma de S/ 1 191 177,00 (UN MILLON CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);
Que, el 25 de noviembre de 2024 se suscribe el Convenio N° 005-2024 entre el Programa Nacional “Compras a MYPErú” y el NEC del Sector Productivo de Textil-Confecciones, el cual tiene por objeto establecer los términos y condiciones de adquisición de los bienes manufacturados especializados y la gestión de recursos que serán transferidos al mencionado NEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1414, los cuales ascienden a la suma de S/ 5 254 334,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES);
Que, mediante el Memorando N° 00000697-2024-
PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU, el Programa Nacional “Compras a MYPErú” remite el Informe N° 00000184-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron, de su Unidad de Planeamiento, Monitoreo y Mejora Continua, por medio del cual propone una transferencia financiera a favor del NEC del Sector Productivo Textil-Confecciones hasta por la suma de S/ 5 254 334,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) y del Sector Productivo Cuero y Calzado hasta por la suma de S/ 1 191 177,00 (UN MILLON CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para financiar gastos de la adquisición de los bienes manufacturados especializados y gastos de la gestión administrativa;
Que, mediante el Memorando N° 00001177-
2024-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000297-2024-PRODUCE/OP de su Oficina de Presupuesto, a través del cual considera procedente continuar con las gestiones para la aprobación de la Transferencia Financiera señalada en el considerando precedente;
Que, en consecuencia, resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera en mención, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y el Decreto Supremo N° 194-2024-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Textil-Confecciones
Autorizar una transferencia financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo Textil-Confecciones, hasta por la suma de S/ 5 254 334,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar la gestión administrativa y adquisición de bienes manufacturados requerido por el Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas.
Artículo 2.- Autorización de Transferencia Financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Cuero y Calzado
Autorizar una transferencia financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo Cuero y Calzado, hasta por la suma de S/ 1 191 177,00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para financiar la gestión administrativa, y adquisición de bienes manufacturados requerido por el Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas.
Artículo 3.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, 5002362: Promoción y Dinamización de Mercados MYPES, por un total de S/ 6 445 511,00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”, Genérica de Gasto 2.5 “Otros Gastos”, Específica de Gasto 2.5.2 1.1 99 “A otras organizaciones”.
Artículo 4.- Limitación en el uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento
El Programa Nacional “Compras a MYPErú” del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO GONZALEZ GUERRERO
Ministro de la Producción
2350569-1