Ordenanza que otorga facilidades de pago para los contribuyentes del distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 250-2024-MDMM
Magdalena del Mar, 29 de noviembre de 2024
OTORGAR FACILIDADES DE PAGO PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 28 de la fecha; y,
VISTOS
El Informe Conjunto Nº 002-2024-SGRT y SGEC-GAT-MDMM emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Memorándum Nº 855-2024-GAT-MDMM emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Nº 3500-2024-OGPP-MDMM emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 653-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1262-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 195, numeral 3 y 4 de la Constitución Política del Perú, establecen que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Siendo competentes para administrar sus bienes y rentas y crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley;
Que, el artículo 66 del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, por medio del informe conjunto de vistos, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y la Subgerencia de Ejecución Coactiva, remiten a la Gerencia de Administración Tributaria una propuesta de ordenanza que establece facilitar las condiciones de pago, proyectando acercamiento en los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el distrito de Magdalena del Mar;
Que, mediante sendos documentos de vistos, la Gerencia de Administración Tributaria y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, dentro de su ámbito funcional, manifiestan su aquiescencia respecto al proyecto de ordenanza que propone otorgar facilidades de pago para los contribuyentes del distrito;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del informe de vistos, emite opinión legal favorable respecto de la emisión de la ordenanza que otorga facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, por encontrarse ajustado a la normativa vigente sobre la materia;
Que, en la estación de pedidos, se solicitó pase a la orden del día a pedido de un regidor la propuesta de ordenanza que aprueba otorgar facilidades de pago para los contribuyentes del distrito de Magdalena del Mar;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 8) y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Magdalena del Mar aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- OBJETO
La presente Ordenanza tiene como objeto otorgar beneficios tributarios de carácter temporal a favor de los administrados y contribuyentes registrados en la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, que a la fecha mantengan deudas vencidas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, de años anteriores al presente ejercicio fiscal y que también deban el año 2024.
Artículo 2º.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y regirá hasta el 31 de diciembre de 2024.
Artículo 3º.- ACOGIMIENTO
Podrán acogerse al presente beneficio, las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas que sean propietarias o poseedoras de predios de uso casa habitación, otros usos, y/o actividad económica en la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar.
Artículo 4º.- CONDICIONES GENERALES
La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer incentivos para el pago de los tributos Municipales de años anteriores, así como el presente 2024, el cual aplica de la siguiente manera:
DESCUENTOS VIGENTES CON ORDENANZA MUNICIPAL Nº 209-2024-MDMM |
DESCUENTO ADICIONAL EN EL INSOLUTO DEL TRIBUTO, (SOBRE EL DESCUENTO VIGENTE) |
REQUISITO para acceder al beneficio de descuento adicional |
|||||||||
CONCEPTO |
CONDICION |
REQUISITO |
PERIODO |
INSOLUTO |
EMISION |
ACTUALI- ZACION DEL PIM |
INTERESES |
COSTAS Y GASTOS |
|||
IMPUESTO PREDIAL |
En etapa coactiva |
cancelar lo que se encuentre en coactivo del periodo adeudado |
2023 y años anteriores |
0% |
0% |
-------- |
100% |
100% |
0% |
Se mantiene el descuento vigente (ORD.209-2024-MDMM) |
|
ARBITRIOS MUNICIPALES |
En etapa coactiva |
cancelar lo que se encuentre en coactivo del periodo adeudado |
2023 |
10% |
------ |
-------- |
100% |
100% |
+10% |
previa cancelación de todo el 2024 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) |
|
2022 |
20% |
------ |
-------- |
100% |
100% |
+15% |
previa cancelación de todo el 2024 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) |
||||
2021 al 2016 |
30% |
------ |
-------- |
100% |
100% |
+20% |
previa cancelación de todo el 2024 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) |
||||
2015 y años anteriores |
50% |
------ |
-------- |
100% |
100% |
+25% |
previa cancelación de todo el 2024 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) |
||||
MULTAS TRIBUTARIAS |
En etapa coactiva |
cancelar lo que se encuentre en coactivo del periodo adeudado |
2023 y años anteriores |
90% |
------ |
-------- |
100% |
100% |
+90% |
Se mantiene el descuento vigente (ORD.209-2024-MDMM) |
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Segunda.- La entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no suspende las funciones de cobranza en vía ordinaria y/o coactiva que se encuentran en trámite.
Tercera.- FACÚLTESE al alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia.
Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Tesorería y a las demás dependencias de la administración, la correcta aplicación de la presente Ordenanza
Quinta.- DÉJESE sin efecto toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
Sexta.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
2350211-1