Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU
Resolución Ministerial
Nº 612-2024-MINEDU
Lima, 2 de diciembre de 2024
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DIPROGE2024-INT-0871812; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2024, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento;
Que, asimismo, el tercer párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 069-2024-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 255-2024-MINEDU, Nº 330-2024-MINEDU, Nº 411-2024-MINEDU, Nº 416-2024-MINEDU, Nº 453-2024-MINEDU, Nº 481-2024-MINEDU y Nº 533-2024-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;
Que, con los Informes Nº 00714-2024-MINEDU/DM-SENAJU-DIPROGE y Nº 00717-2024-MINEDU/DM-SENAJU-DIPROGE, la Dirección de Promoción, Organización y Gestión (DIPROGE) de la Secretaría Nacional de la Juventud, sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 069-2024-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 255-2024-MINEDU, Nº 330-2024-MINEDU, Nº 411-2024-MINEDU, Nº 416-2024-MINEDU, Nº 453-2024-MINEDU, Nº 481-2024-MINEDU y Nº 533-2024-MINEDU, a fin de incluir el desarrollo del evento denominado Encuentro Nacional de Jóvenes del Bicentenario 2024;
Que, mediante el Informe Nº 02287-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentando y solicitado por la DIPROGE, indicando que el evento antes citado, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y para financiar los gastos que irrogará su implementación se cuenta con los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 069-2024-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 255-2024-MINEDU, Nº 330-2024-MINEDU, Nº 411-2024-MINEDU, Nº 416-2024-MINEDU, Nº 453-2024-MINEDU, Nº 481-2024-MINEDU y Nº 533-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF.
La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Morgan Niccolo Quero Gaime
Ministro de Educación
2350180-1