Incorporan término al Anexo de la R.J. Nº 151-2020-ANA que aprueba el documento denominado “Glosario de Términos de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 0462-2024-ANA

San Isidro, 27 de noviembre de 2024

VISTOS:

El Informe Nº 0022-2024-ANA-DPDRH/JMMC, de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos; y el Informe Legal Nº 1180-2024-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 14 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos;

Que, de acuerdo a lo previsto en el literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos tiene, entre otras, la función de elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, articulando y coordinando las acciones para su funcionamiento;

Que, con la Resolución Jefatural Nº 151-2020-ANA, se aprueba el documento denominado “Glosario de Términos de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG” y su Anexo;

Que, en virtud de las reuniones de coordinación interinstitucional entre la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la Autoridad Nacional del Agua, se ha recomendado que en el marco de la implementación de la Ley Nº 31547 “Ley que declara de interés nacional y pública la priorización en la ejecución de proyectos de inversión para el afianzamiento hídrico de las cuencas y subcuencas ubicadas en la cordillera negra, en la región Ancash”, se defina técnicamente el término “Afianzamiento Hídrico”, a fin de que dicha norma sea interpretada y aplicada de manera adecuada;

Que, en ese contexto, mediante el Informe de Vistos, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, propone incluir el término “Afianzamiento Hídrico” en la Resolución Jefatural Nº 151-2020-ANA, que aprueba el documento denominado “Glosario de Términos de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG”, con la finalidad de lograr uniformidad y predictibilidad en su utilización;

Que, mediante el Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la incorporación del término “Afianzamiento Hídrico” (como numeral 5.A.) en el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 151-2020-ANA que aprueba el documento denominado “Glosario de Términos de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG”;

Que, con los vistos de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporación de término

Incorporar al Anexo de la Resolución Jefatural Nº 151-2020-ANA que aprueba el documento denominado “Glosario de Términos de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG”, el término siguiente:

“5.A. El afianzamiento hídrico comprende el conjunto de medidas y acciones estructurales y no estructurales, que se ejecutan en la unidad hidrográfica, para la preservación, conservación e incremento de la oferta y calidad de agua, contribuyendo a satisfacer la demanda actual y futura de los usuarios (uso primario, poblacional y productivo) con eficiencia, de tal manera que les permita hacer frente al cambio climático y otros fenómenos naturales”.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web institucional de la entidad: www.gob.pe/ana.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA

Jefe

2350141-1