Autorizan viaje de funcionario diplomático a Suiza, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 0920-2024-RE

Lima, 29 de noviembre de 2024

VISTOS:

El Memorándum N° DGM019272024 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 5 de noviembre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4697 del Despacho Viceministerial, de 8 de noviembre de 2024, y su proveído, de 26 de noviembre de 2024; el Memorándum N° OPP037542024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 28 de noviembre de 2024, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP037272024 de la Oficina de Administración de Personal, de 28 de noviembre de 2024;

CONSIDERANDO:

Que, el Perú suscribió la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el 22 de septiembre de 2004, siendo aprobada por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28602 del 10 de septiembre de 2005 y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 071-2005-RE, entrando en vigor el 1 de enero de 2006;

Que, la referida Convención, establece el Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el cual se encuentra conformado por expertos independientes con la finalidad, entre otras, de observar su aplicación, a través de la consideración de los informes que los Estados Parte presentan al Secretario General de las Naciones Unidas, conteniendo las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole, adoptadas para dar efecto a las disposiciones de la misma;

Que, el Perú presentó su informe inicial ante el citado Comité, el 14 de agosto de 2013, el cual fue examinado en las sesiones del 14 y 15 de abril de 2015, a partir de lo cual, el 23 de abril de 2015 se aprobaron las observaciones finales sobre el informe inicial del Perú;

Que, el Perú presentó el segundo informe periódico del Estado peruano en cumplimiento del artículo 73° de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el 28 junio de 2024, el mismo que fue elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el concurso de las distintas entidades involucradas;

Que, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), en su calidad de secretaría del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, ha informado que la consideración del segundo informe periódico del Perú ante el Comité tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 4 al 5 de diciembre 2024, en el marco del Trigésimo Noveno Período de Sesiones del citado Comité;

Que, en ese sentido, se estima importante la participación, en el referido evento, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Delgado Guerrero, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fin de presentar la posición, los avances y las buenas prácticas de nuestro país, en la promoción y protección de los derechos humanos de los trabajadores migrantes y de sus familiares;

Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático se realizará del 2 al 6 de diciembre de 2024 a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Delgado Guerrero, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 2 al 6 de diciembre 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (73) 0236258: “Suscripción de instrumentos orientados a la protección de los peruanos en el exterior”; y, Código POI AOI00004500047: “Impulsar la suscripción de esquemas en materia migratoria”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

USD

Viáticos

por día

USD

Número

de

días

Total

viáticos

USD

Juan Carlos

Delgado Guerrero

1,894.95

540.00

2 + 2

2,160.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

2349689-1