Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2722-2024-MP-FN
Lima, 29 de noviembre de 2024
VISTA:
La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 069-2024-MP-FN-JFS, de fecha 7 de noviembre de 2024 e informe Nº 00095-2024-MP-FN-OREF/EPCC, y;
CONSIDERANDO:
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018, se nombró a la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, como fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, con retención de su cargo de carrera como fiscal adjunta provincial titular penal de Villa El Salvador, Distrito Fiscal de Lima Sur; posteriormente, se designó en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador, prorrogándose su nombramiento y designación, con las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 758-2021-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 26 de mayo de 2021 y 28 de junio de 2024, respectivamente.
Mediante carta y su complemento, recepcionados el 30 de octubre y 6 de noviembre de 2024, por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, respectivamente; la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, presentó su renuncia a su nombramiento como fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador, así como a su cargo de fiscal adjunta provincial titular penal de Villa El Salvador, Distrito Fiscal de Lima Sur; por motivo de haber sido nombrada como juez titular, solicitando la exoneración del plazo de ley y que se haga efectiva a partir del 7 de noviembre de 2024.
A través del oficio Nº 004792-2024-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 30 de octubre de 2024, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y el oficio Nº 005494-2024-MP-FN-PJFSLIMASUR, de fecha 7 de noviembre de 2024, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, remiten la citada carta de renuncia y su complemento, por intermedio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando conformidad a la renuncia de la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, como fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, con efectividad al 7 de noviembre de 2024.
De otro lado, mediante la Resolución de vista, emitida por la Junta de Fiscales Supremos, se aceptó la renuncia formulada por la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, al cargo de fiscal adjunta provincial titular penal de Villa El Salvador, Distrito Fiscal de Lima Sur; desde el día 7 de noviembre de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece las causales del término de la relación laboral en el cargo de fiscal, encontrándose entre estas la renuncia, desde que es aceptada.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados, resulta necesario aceptar con eficacia anticipada la renuncia de la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo al cargo de fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, así como a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, como fiscal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 7 de noviembre de 2024, la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 3356-2018-MP-FN, 758-2021-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 26 de septiembre de 2018, 26 de mayo de 2021 y 28 de junio de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la referida fiscal, mediante la Resolución Nº 428-2011-CNM, de fecha 21 de noviembre de 2011.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2349492-6