Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 2726-2024-MP-FN
Lima, 29 de noviembre de 2024
VISTOS:
La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 068-2024-MP-FN-JFS, de fecha 7 de noviembre de 2024 e informe Nº 0001-2024-MP-FN-OREF-JABE, y;
CONSIDERANDO:
Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1924-2023-MP-FN, de fecha 4 de agosto de 2023, se nombró al abogado José Alfredo Espinoza Espino, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con retención de su cargo de carrera como fiscal adjunto provincial titular penal (Corporativo) de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco.
Mediante carta recepcionada el 30 de octubre de 2024, por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, el abogado José Alfredo Espinoza Espino, presentó su renuncia a su nombramiento como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco y a su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; así como a su cargo de fiscal adjunto provincial titular penal (Corporativo) de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco; por motivos personales y laborales, solicitando la exoneración del plazo de ley y que se haga efectiva a partir del 18 de noviembre de 2024.
A través del oficio Nº 002801-2024-MP-FN-PJFS CUSCO, de fecha 30 de octubre de 2024, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, remite la citada carta de renuncia, por intermedio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando el visto bueno y la conformidad a la renuncia del abogado José Alfredo Espinoza Espino como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, con efectividad al 18 de noviembre de 2024.
De otro lado, mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta de Fiscales Supremos, se aceptó la renuncia formulada por el abogado José Alfredo Espinoza Espino, al cargo de fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, a partir del 18 de noviembre de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece las causales del término de la relación laboral en el cargo de fiscal, encontrándose entre estas la renuncia, desde que es aceptada.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados, resulta necesario aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia del abogado José Alfredo Espinoza Espino al cargo de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, así como a su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado José Alfredo Espinoza Espino, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco y a su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco a partir del 18 de noviembre de 2024, así como en dicha fecha, dejar sin efecto la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1924-2023-MP-FN y 1462-2024-MP-FN, de fechas 4 de agosto de 2023 y 28 de junio de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado al referido fiscal, mediante la Resolución Nº 204-2011-CNM, de fecha 2 de junio de 2011.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado José Alfredo Espinoza Espino que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2349492-10