Autorizan Transferencias Financieras a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. y de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A.
Resolución Ministerial
Nº 441-2024-VIVIENDA
Lima, 29 de noviembre de 2024
VISTOS:
La Nota Nº D00132-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorando Nº D00530-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D00217-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº D00308-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;
Que, mediante la Nota Nº D00132-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) remite el Informe Nº D00258-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2, el Memorando Nº D01093-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2 y el Informe Nº D0026-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/0.3.2/MBC de la Unidad de Asesoría Legal, el Memorando Nº D01222-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1 y el Informe Nº D00315-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos Nº D00529 y D00530-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-UMPS y los Informes Técnicos Nº D00029 y D00030-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-UMPS-GBC de la Unidad para la Mejora de la Prestación de Servicios, con los cuales se sustenta y solicita gestionar las transferencias financieras a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. - SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/ 1 698 295,20 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), de la cual corresponde a gastos corrientes el importe de S/ 1 522 325,74 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 74/100 SOLES) y a gastos de capital el importe de S/ 175 969,46 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES); y, de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. - EPS SEDA HUANUCO S.A., hasta por la suma de S/ 179 826,80 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 80/100 SOLES), para financiar el pago del I.G.V. de la implementación del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua II - Proyectos Trujillo y Huánuco, respectivamente; para lo cual señala que se ha suscrito los convenios respectivos;
Que, con el Memorando Nº D00530-2024-VIVIENDA/SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº D00217-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual, en el marco de lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/ 1 698 295,20 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), de la cual corresponde a gastos corrientes el importe de S/ 1 522 325,74 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 74/100 SOLES) y a gastos de capital el importe de S/ 175 969,46 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES); y, de la EPS SEDA HUANUCO S.A., hasta por la suma de S/ 179 826,80 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 80/100 SOLES), correspondiente a gastos corrientes, a fin de atender lo solicitado por el PNSU;
Que, mediante el Informe Nº D00308-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias financieras a favor de SEDALIB S.A. y la EPS SEDA HUANUCO S.A.;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 1 878 122,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de SEDALIB S.A. y la EPS SEDA HUANUCO S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 00009-2024-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 698 295,20 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de la cual corresponde a gastos corrientes el importe de S/ 1 522 325,74 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 74/100 SOLES) y a gastos de capital el importe de S/ 175 969,46 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A., para financiar el pago del I.G.V. de la implementación del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua II - Proyecto Trujillo.
Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 179 826,80 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 80/100 SOLES), correspondiente a gastos corrientes, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A., para financiar el pago del I.G.V. de la implementación del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua II - Proyecto Huánuco.
Artículo 3.- Financiamiento
Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, en las Categorías de Gasto: 5. Gasto Corriente en la Específicas de Gasto 2.4.1.3.1.4 - Otras Entidades Públicas y 6. Gasto de Capital, en la Específica de Gasto 2.4.2.3.1.4 - Otras Entidades Públicas y Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 4.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Verificación y Seguimiento
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la verificación y seguimiento del avance físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y/o adendas y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2349477-1