Aprueban la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”

Resolución Ministerial

N° D000184-2024-MIDIS

San Isidro, 28 de noviembre del 2024

VISTOS:

El Informe N° D000136-2024-MIDIS-OII de la Oficina de Integridad Institucional; y el Informe N° D000398-2024-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la “Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción”, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades públicas de los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y los diferentes niveles de gobierno;

Que, la “Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción” tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;

Que, mediante Resolución de la Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM-SIP se aprueba la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del Sector Público”, donde se establecen los nueve (09) componentes para el Modelo de Integridad Público y el Índice de Capacidad Preventiva (ICP);

Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 003-2023- PCM/SIP se aprueban los parámetros del proceso de evaluación del estándar de integridad a través del Índice de Capacidad Preventiva (ICP) frente a la Corrupción, así como la “Guía de Evaluación del Estándar de Integridad de la Etapa N° 01: Cumplimiento normativo e institucionalización de mecanismos y herramientas de integridad” y la “Guía de Evaluación del Estándar de Integridad de la Etapa N° 02: Aplicación e implementación de mecanismos y herramientas de integridad”, para la medición de la implementación del modelo de integridad a través del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° D000169-2023-MIDIS se aprueban los “Lineamientos estratégicos en materia administrativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, en el cual se incluye en materia de integridad institucional, los lineamientos L20 - Fortalecimiento del enfoque de integridad en la gestión institucional y L21 - Fortalecimiento en la implementación del modelo de integridad;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 104-2023-MIDIS se crea la “Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social”, con el propósito de fortalecer la implementación coordinada y articulada de los componentes del Modelo de Integridad para las entidades del Sector Público en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y los Programas Nacionales, en el marco del proceso de evaluación de las acciones de integridad a través del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción (ICP) que viene realizando la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en el marco de lo antes mencionado, mediante Acta Nro. 007-2023 de fecha 23 de noviembre del 2023, la Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social acordó implementar el denominado “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° D000231-2023-MIDIS se aprobaron las “Acciones de Integridad 2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” que incluye las acciones necesarias para la implementación del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” y faculta a la Oficina de Integridad Institucional para requerir la colaboración, el asesoramiento y apoyo de las unidades de organización del MIDIS y los Programas Nacionales;

Que, mediante documento de Visto, la Oficina de Integridad da cuenta de las acciones realizadas destinadas a la implementación y puesta en funcionamiento del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, la misma que ha venido operando en modo piloto hasta culminar su optimización y capacidad para su puesta oficial en operaciones;

Que el “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se presenta como una herramienta destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS y los Programas Nacionales, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, tal como lo indica la Oficina de Integridad Institucional, la institucionalización del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” contribuirá a (i) Fortalecer la Cultura de Integridad en el Sector, (ii) Coadyuvar en la implementación del Modelo de Integridad; (iii) Optimizar la capacidad preventiva del Sector frente a la corrupción; (iv) Fortalecer la ética pública; (v) Dar continuidad a las coordinaciones sectoriales; todo lo cual coadyuvará a una gestión más transparente y eficiente, así como de rendición de cuentas a la ciudadanía por lo que su implementación resulta necesaria;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Integridad Institucional y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; las Resoluciones de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP y N° 003-2023-PCM/SIP; la Resolución Ministerial N° 104-2023-MIDIS que constituye la Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Ministerial N° D000169-2023-MIDIS que aprueba los Lineamientos estratégicos en materia administrativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Observatorio de Integridad del Sector MIDIS

1.1 Aprobar la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS y los Programas Nacionales, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.

1.2 El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” es administrado por la Oficina de Integridad Institucional. Para tal efecto cuenta con el apoyo y realiza las coordinaciones que sean necesarias con la Oficina General de Comunicación Estratégica y la Oficina General de Tecnologías de la Información.

1.3 La información contenida en el “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” puede ser integrada a los observatorios de integridad u otros similares de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a las recomendaciones que formule la Oficina de Integridad Institucional.

1.4 La Oficina de Integridad Institucional queda habilitada a gestionar y proponer la actualización y/o modificación del contenido del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, así como cualquier documento normativo para su mejor operatividad y funcionamiento en coordinación con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el mismo que será aprobado por la máxima autoridad administrativa del MIDIS.

1.5 El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se encuentra alojado en el Portal Web del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social con la finalidad de permitir su libre, gratuito y fácil acceso.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación y apoyo

2.1 La presente Resolución Ministerial es de aplicación al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que comprende tanto a las unidades de organización de la Sede Central así como a sus Programas Nacionales adscritos.

2.2 Las unidades de organización y Programas Nacionales deben remitir periódicamente a la Oficina de Integridad Institucional la información y brindar el apoyo que aquella les solicite en el ámbito de sus funciones.

Artículo 3.- Financiamiento

La implementación del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

2349215-1