Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Municipalidad Provincial de Piura

DECRETO SUPREMO

Nº 241-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 48 de la Ley Nº 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2024, al pliego Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos de los gobiernos locales, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por el monto de S/ 34 936 300,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de la sostenibilidad y continuidad de las intervenciones del Plan Integral de Reconstrucción con Cambio (PIRCC) consideradas en el Anexo XI “Inversiones para la sostenibilidad y continuidad de las intervenciones del PIRCC”; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de este último, hasta el 30 de noviembre de 2024;

Que, mediante el Oficio Nº D002246-2024-PCM-SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 412 414,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), a favor de la Municipalidad Provincial de Piura, para financiar la sostenibilidad y continuidad del proyecto de inversión con CUI Nº 2185060 “Creación de complejo deportivo en el Centro Poblado Tejedores del distrito de Tambogrande, provincia de Piura - Piura”, en el marco de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Nº 32103; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000229-2024-PCM-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el sustento correspondiente;

Que, mediante el Memorando Nº 0797-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite información sobre el estado actual de la inversión con CUI Nº 2185060 con base en la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones e indica que no presenta comentarios respecto a dicha inversión;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 412 414,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Provincial de Piura, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Nº 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 412 414,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Provincial de Piura, para financiar la sostenibilidad y continuidad del proyecto de inversión con CUI Nº 2185060 “Creación de complejo deportivo en el Centro Poblado Tejedores del distrito de Tambogrande, provincia de Piura - Piura” incluido en el Anexo XI “Inversiones para la sostenibilidad y continuidad de las intervenciones del PIRCC” de la Ley Nº 32103, en el marco de lo establecido en el artículo 48 de dicha Ley, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 029 : Autoridad Nacional de Infraestructura

UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Nacional de Infraestructura -

ANIN

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 1 412 414,00

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TOTAL EGRESOS 1 412 414,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO 200101 : Municipalidad Provincial de Piura

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0101 : Incremento de la práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en la población peruana

PROYECTO 2185060 : Creación de complejo deportivo en el Centro Poblado Tejedores del distrito de Tambogrande, provincia de Piura - Piura

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 412 414,00

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TOTAL EGRESOS 1 412 414,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de los dispuesto en la presente norma. Para el caso del gobierno local, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

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