Amplían disposiciones establecidas en la Res. Adm. Nº 000251-2024-CE-PJ, a fin que las Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, sean notificadas exclusivamente a través de sus casillas electrónicas
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000410-2024-CE-PJ
Lima, 28 de noviembre del 2024
VISTO:
El Oficio N.º D001514-2024-JUS/PGE-DAJP, cursado por el Director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.º 000251-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso que la Procuraduría Pública del Poder Judicial sea notificada por los órganos jurisdiccionales, a través de las casillas electrónicas que le correspondan, bajo responsabilidad funcional.
Segundo. Que, en el numeral 1.7 de la Resolución Administrativa N.º 000367-2024-CE-PJ, se dispuso que en todos los casos, independientemente de la especialidad o materia, todas las resoluciones judiciales se notificarán exclusivamente a través de las casillas electrónicas correspondientes, salvo que la ley establezca expresamente otra forma de notificación.
Tercero. Que, el Director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, mediante Oficio N.º D001514-2024-JUS/PGE-DAJP, pone en conocimiento el Oficio N.º 002445-2024-MP-FN-PP de la Procuraduría Pública del Ministerio Público, por el cual solicita una interpretación del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1326, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 018-2019-JUS, referido a la notificación en el domicilio alternativo fijado por las procuradurías públicas, habido cuenta que los órganos jurisdiccionales vienen exigiendo fijar casilla físicas y de esa manera no notifican al domicilio alternativo consignado por el órgano de defensa jurídica involucrado. Por ende, solicita que se realicen coordinaciones a efectos de programarse una mesa de trabajo integrada por el Poder Judicial, Procuraduría Pública del Ministerio Público, Procuraduría Pública del Sector Interior, Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, en su condición de ente rector.
Cuarto. Que, a fin de garantizar la celeridad y eficiencia en las comunicaciones procesales; así como estando a las disposiciones previamente emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el uso exclusivo de medios electrónicos para notificaciones, resulta pertinente ampliar las medidas adoptadas para incluir a la Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y a la Procuraduría General del Estado, promoviendo la implementación uniforme de las notificaciones electrónicas.
Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 1498-2024 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de noviembre de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N.º 000251-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fin que las Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, sean notificadas exclusivamente a través de sus casillas electrónicas correspondientes, bajo responsabilidad funcional de los órganos jurisdiccionales.
Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencias de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Ministerio Público, Procuraduría Pública del Sector Interior, Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, Procuraduría General del Estado, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2349042-1