Autorizan viaje de Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Frontera a México, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

N° 1030-2024-UNF/CO

Sullana, 26 de noviembre de 2024

VISTOS:

Proveído N° 1441-2024/UNF-VPIN de fecha 20 de noviembre de 2024; Informe N° 4141-2024-UNF-PCO-OPP-UP de fecha 20 de noviembre de 2024; Informe N° 738-2024-UNF-PCO-OPP de fecha 21 de noviembre de 2024; Informe N° 1057-2024-UNF-OAJ de fecha 21 de noviembre de 2024; Oficio N° 574-2024-UNF-VPIN de fecha 22 de noviembre de 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

Que, mediante Ley N° 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país.

Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo.

Que, con Resolución de Comisión Organizadora N° 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera.

Que, en el Estatuto en mención, en su TÍTULO III se establece las DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS:

A. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA. POTESTAD DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA

En base al artículo 29° de la Ley Universitaria, la Comisión Organizadora de la UNF tiene a su cargo la aprobación del presente Estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica, de investigación y administrativa, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que de acuerdo a ley corresponda.

SEGUNDA. PROCESO DE CONSTITUCIÓN

Durante el proceso de constitución de la Universidad, los artículos del presente Estatuto, que se opongan, contradigan o no puedan implementarse de acuerdo a lo establecido en la normativa de la SUNEDU y MINEDU, respecto a garantizar las condiciones básicas de calidad, quedan en suspenso hasta que se constituyan los órganos de gobierno de la universidad. Encontrándose la Comisión organizadora facultada a emitir resoluciones que permitan el adecuado funcionamiento de la universidad hasta culminar el proceso de constitución.

(…)

CUARTA. GOBIERNO DE LA UNF

Durante el proceso de constitución de la Universidad, el gobierno de ésta se ejerce por:

a) La Comisión Organizadora, tiene atribuciones administrativas que competen a la Asamblea Universitaria, al Consejo Universitario y al Consejo de Facultad.

b) El Presidente de la Comisión Organizadora de la UNF, tiene atribuciones propias del Rector.

c) Los Coordinadores de Facultad tiene atribuciones de Decano.

QUINTA. ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN

Durante el proceso de constitución de la UNF, los Órganos de Alta Dirección de ésta, lo constituyen:

a) La Presidencia de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Rectorado.

b) La Vicepresidencia Académica de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Vicerrectorado Académico.

c) La Vicepresidencia de Investigación de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Vicerrectorado de Investigación.

Que, en el Artículo 87° del estatuto en mención, establece que los docentes de la universidad son profesionales especializados que realizan funciones de enseñanza, investigación, tutoría, proyección y responsabilidad social, además de capacitación permanente, producción intelectual, promoción de la cultura, creación y promoción del arte, producción de bienes, prestación de servicios, gestión universitaria en los ámbitos que les corresponde y otros de acuerdo con los principios y fines de la universidad.

Que, la Ley N° 27619, es una norma que regula que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE.

Que, el artículo 2º de la Ley N° 27619 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje al exterior se debe sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”.

Que, el Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 2º prescribe que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (...)”. Debe tenerse en cuenta que la Resolución de autorización de viaje debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.

Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el art. 10, numeral 10.1 dispone que: “ Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”.

Que, la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, es una norma que regula que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE. A su vez, el artículo 2º de la Ley N° 27619 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje al exterior se debe sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”.

Que, asimismo en el Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, en su artículo 20° prescribe que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el Interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (...)”.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 204-2019-UNF/CO, de fecha 24 de abril de 2019, se aprobó la Directiva Nº 003-2019-UNF denominada: “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicios al Exterior del País” el cual define a la Comisión de Servidos en su capítulo V. DEFINICIONES numeral 5.1, como: “(...) el desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la Entidad, debidamente autorizado por el funcionario competente, para realizar funciones al exterior del país, directamente relacionadas con los fines y objetivos institucionales.

Que, con Directiva Nº 003-2019-UNF, en su capítulo VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS”, numeral 7.1. titulado “Requerimiento y Otorgamiento de las Asignaciones Económicas”.

Que, con Proveído N° 1441-2024/UNF-VPIN, de fecha 20 de noviembre de 2024, la Vicepresidencia de Investigación solicita autorización para comisión de servicio en territorio Internacional para participar como ponente en la conferencia: “Sostenibilidad de cuencas hidrográficas”, sustentado en lo siguiente:

- Interés específico en la Institución: La visita oficial al Centro de Investigación Científica de Yucatán (CICY), permitirá establecer vínculos de coordinación y participación entre ambas entidades, lo que permitirá en un corto plazo desarrollar proyectos de ciencia básica para la búsqueda de financiamiento tanto en Perú como en México.

- Itinerario de la Comisión de servicios: La comisión de servicios se realizará para visita al Instituto Tecnológico Superior San Martin, Texmelucan, México, del 02 al 07 de diciembre de 2024.

- Personas que realizarán la comisión de servicio: La Dra. Ana María Matos Ramírez, Vicepresidenta de Investigación de nuestra Casa Superior de Estudios.

- Costo del viaje: El gasto será asumido con presupuesto del centro de costo de Vicepresidencia de Investigación, de acuerdo al siguiente detalle:

CONCEPTO

PRESUPUESTO (S/)

Pasajes

6400.00

Viáticos Internacionales (05 días)

8,800.00

Viáticos Nacionales (01 día)

320.00

Publicación Diario Oficial El Peruano

3,200.00

TOTAL

18,720.00

Que, mediante Informe N° 4141-2024-UNF-PCO-OPP-UP, de fecha 20 de noviembre de 2024, la Jefa de la Unidad de Presupuesto emite la disponibilidad presupuestaria para la Dra. Ana María Matos Ramírez, para visita oficial en el Centro de Investigación Científica de Yucatán (OCY) del 04 al 06 de diciembre del presente año, en la ciudad de México, en la Fuente de Financiamiento 01. Recursos Ordinarios, Actividad 5000276 “Gestión del Programa”. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5, “Escala de viáticos”, del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, todos los viajes al extranjero realizados por personal de entidades del sector público deben ser aprobados mediante una Resolución emitida por el titular de la Entidad, debiendo ser publicada obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano para su validez y cumplimiento.

Que, con Informe N° 738-2024-UNF-PCO-OPP, de fecha 21 de noviembre de 2024, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el informe emitido por la Unidad de Presupuesto, a través del cual: emite la disponibilidad presupuestaria para la citada visita oficial. Asimismo, informa que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5, “Escala de viáticos”, del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, todos los viajes al extranjero realizados por personal de entidades del sector público deben ser aprobados mediante una resolución emitida por el Titular de la Entidad, la misma que debe ser publicada obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje.

Que, mediante Informe N° 1057-2024-UNF-OAJ, de fecha 21 de noviembre de 2024, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión señalando que, es viable jurídicamente la autorización de permiso, por comisión de servicios, a la Vicepresidenta de Investigación, Dra. Ana María Matos Ramírez, para realizar una visita oficial en el Centro de Investigación Científica de Yucatán (CICY), del 04 al 06 de diciembre del presente año, en México.

Que, con Informe N° 4232-2024-UNF-PCO-OPP-UP de fecha 22 de noviembre de 2024, la Jefa de la Unidad de Presupuesto emite la disponibilidad presupuestaria para la Dra. Ana Maria Matos Ramírez, para realizar una visita técnica al Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan - México, que se llevará a cabo el día 03 de diciembre del presente año fiscal, en la Fuente de Financiamiento 01. Recursos Ordinarios, Actividad 5000276 Gestión del Programa”, por el monto de S/ 1,760.00 (mil setecientos sesenta con 00/100 soles), de acuerdo al siguiente detalle: Centro de Costo: Vicepresidencia de Investigación, Fuente de Financiamiento: 01. Recursos Ordinarios, Actividad: 5000276 “Gestión del Programa”, Actividad Operativa Institucional: AOI-1296 Ejecución de Proyectos de Investigación, Partida de Gasto: 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios, Importe: 1,760.

Que, mediante Informe N° 747-2024-UNF-PCO-OPP, de fecha 22 de noviembre de 2024, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el informe emitido por la Jefa de la Unidad de Presupuesto, a través del cual emite la Nota de Modificación Presupuestaria, por el monto de S/ 1,7600.00m de acuerdo a lo solicitado, asimismo, brinda algunas recomendaciones a tener en cuenta.

Que, con Oficio N° 574-2024-UNF-VPIN, de fecha 22 de noviembre de 2024, la Vicepresidencia de Investigación eleva a Presidencia de Comisión Organizadora, la autorización para comisión de servicios al exterior para realizar visita oficial al Centro de Investigación Científica de Yucatán y al Instituto Tecnológico Superior San Martín Texmelucan México, del 02 al 07 de diciembre del presente año.

Que, respecto al Artículo IV el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo número 004-2019-JUS, recoge como uno de los Principios del Procedimiento Administrativo, el Principio de Legalidad por el cual queda sentado que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.

Que, mediante ACTA N° 082-2024-SO-CO, de fecha 21 de noviembre del 2024, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, luego de analizar la documentación presentada y de revisar los informes técnicos y legales indicados en los considerandos de la presente Resolución, por unanimidad se acordó: AUTORIZAR el viaje al exterior del país, en comisión de servicios, a la Dra. Ana María Matos Ramírez, Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Frontera, para participar como ponente en la conferencia: Sostenibilidad de cuencas hidrográficas y realizar una visita al Centro de Investigación Científica de Yucatán (CICY) – México, del 02 al 07 de diciembre de 2024.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial N° 045-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 064-2024-MINEDU y Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora N° 082-2024-SO-CO, de fecha 21 de noviembre del 2024.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, en comisión de servicios, a la Dra. Ana María Matos Ramírez, Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Frontera, para participar como ponente en la conferencia: Sostenibilidad de cuencas hidrográficas y realizar una visita al Centro de Investigación Científica de Yucatán (CICY) – México, del 02 al 07 de diciembre de 2024.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para el profesional citada en el artículo primero, de conformidad con la Directiva N° 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a las instancias académicas y administrativas pertinentes, a través de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

JOSÉ FLORENTINO MOLERO LÓPEZ

Presidente de la Comisión Organizadora

JORGE ROMULO GALLOSO TORRES

Secretario General

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