Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de diversos Gobiernos Regionales
decreto supremo
N° 238-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8.1 del artículo 8 prohíbe la incorporación del personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, salvo entre otros supuestos: el previsto en el literal q) del citado numeral referido al nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que tiene vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728 en las Comunidades Locales de Administración de Servicios de Salud (CLAS), identificado al 31 de octubre de 2023;
Que, la Septuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N°31953, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Salud, en el Año Fiscal 2024, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 3 174 818,00 (TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el nombramiento autorizado de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que tiene vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728 en las Comunidades Locales de Administración de Servicios en Salud (CLAS), identificado al 31 de octubre de 2023; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a solicitud de este último; estableciendo, además que, la propuesta de decreto supremo se presenta al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 28 de octubre de 2024, asimismo, dispone que dichos recursos no podrán ser destinados a la contratación de nuevo personal de la salud para los establecimientos de salud bajo la administración de las Comunidades Locales de Administración de Servicios en Salud (CLAS);
Que, mediante el Oficio N° D003941-2024-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar el nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que tiene vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728 en las Comunidades Locales de Administración de Servicios en Salud (CLAS), identificado al 31 de octubre de 2023, autorizado en el literal q) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953 en el marco de lo establecido en la Septuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D001098-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, mediante el Memorando N° 2917-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 3266-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas informa que el costo estimado para financiar el nombramiento de profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, autorizado en el literal q) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953, asciende al monto de S/ 3 032 081,00 por el mes de Diciembre del Año Fiscal 2024, a favor 710 beneficiarios de los Pliegos Gobiernos Regionales, en el marco de lo establecido en la septuagésima novena disposición complementaria final de la referida Ley;
Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 032 081,00 (TRES MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Septuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 032 081,00 (TRES MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar el costo estimado del nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud autorizado en el literal q) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : M. de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 032 081,00
============
TOTAL EGRESOS 3 032 081,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 3 032 081,00
============
TOTAL EGRESOS 3 032 081,00
============
1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Costo estimado para financiar en el Año Fiscal 2024 el nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud con vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 en las CLAS, identificado al 31 de octubre de 2023”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y el de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2348175-3