Aprueban modificación del “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

N° 127-2024-MTC/04

Lima, 25 de noviembre de 2024

VISTOS: El Informe N° 0068-2024-MTC/04.04 de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Memorando N° 808-2024-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional y, el Memorando N° 2388-2024-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modificada por la Ley N° 31515, tiene como objetivo establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinen al rubro de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; así como fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión;

Que, el artículo 2 de la N° 28874, señala que la publicidad institucional es aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Que, el literal a) del artículo 3 de la N° 28874, dispone que, para la autorización de la realización de publicidad estatal, bajo la responsabilidad del Titular del Pliego, se debe contar con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;

Que, el artículo 2 del Reglamento de los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal establecidos en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, aprobado por el Decreto Supremo N° 064-2023-PCM, dispone que dicha norma es de aplicación obligatoria para todas las entidades públicas y dependencias del Gobierno Central, Regional o Local que, utilizando recursos públicos, contratan publicidad estatal con medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión); asimismo, el literal j) del artículo 3 del citado Reglamento, define al Plan de Estrategia Publicitaria como un instrumento de gestión pública destinado a la planificación de la publicidad estatal, que identifica un interés y/o finalidad pública que se debe atender con una o varias campañas publicitarias y, a partir de ello, expone sus objetivos comunicacionales, mensajes y piezas de difusión con las cuales prevé posicionar sus mensajes. En caso de que una entidad del Estado cuente con presupuesto, las oficinas de Comunicaciones, o la que haga sus veces, deben formular el Plan de Estrategia Publicitaria que sustente la campaña publicitaria;

Que, el numeral 6.1 del acápite 6 de la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS “Lineamientos para la formulación, aprobación e implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las entidades del Poder Ejecutivo”, aprobada mediante la Resolución de Secretaría de Comunicación Social N° 003-2023-PCM/SCS, establece el procedimiento para la formulación aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria del sector; asimismo, el numeral 6.2 del mismo instrumento dispone que, luego de aprobado el citado Plan, la Oficina de Comunicaciones o la que haga sus veces en la entidad, de requerirlo, solicita modificaciones al documento para incluir o retirar una o más campañas publicitarias en el momento que lo necesite; así como, para ampliar el presupuesto anual en este servicio o realizar ajustes en el enfoque o periodos de las campañas; precisando que el procedimiento para la modificación de dicho Plan es el mismo que se sigue para su formulación y aprobación;

Que, el numeral 6.1 del acápite VI de la Directiva N° 002-2008-MTC/04 “Pautas y Procedimientos para solicitar la contratación de servicios de publicidad y de divulgación en prensa escrita, radio, televisión y otros medios de comunicación por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobada por la Resolución Secretarial N° 074-2008-MTC/04, establece que en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 3 de la Ley N° 28874, la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional prepara el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional, acorde con las funciones y atribuciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a los requerimientos de las dependencias, y en función de los objetivos y prioridades de las actividades y proyectos programados en el respectivo presupuesto institucional anual; en coordinación con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; debiendo ser aprobado por Resolución Ministerial;

Que, mediante la Resolución Secretarial N° 036-2024-MTC/04, modificada por la Resolución Secretarial N° 105-2024-MTC/04, se aprueba el “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, el cual contempla cuatro (4) campañas publicitarias: (i) Campaña publicitaria sobre la televisión digital terrestre (TDT); (ii) Campaña publicitaria sobre las comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencia, urgencias o información; (iii) Campaña publicitaria a favor de la instalación de antenas de telecomunicaciones y; (iv) Campaña publicitaria en contra del acoso sexual en el transporte terrestre público;

Que, mediante el Informe N° 0068-2024-MTC/04.04, la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional sustenta la necesidad de incluir en el “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, la campaña publicitaria sobre las rutas de acceso al nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; la misma que se encuentra articulada con el Objetivo Estratégico Institucional (OEI) 01 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2030 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionado a “Proveer infraestructura de transporte para la movilización e integración interna y externa del país”; por lo que propone la modificación del Plan antes referido;

Que, con el Memorando N° 808-2024-MTC/20, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional remite el Informe N° 332-2024-MTC/20.07 de su Secretaría Técnica, a través del cual brinda conformidad a la propuesta de modificación del “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”; informando que cuenta con disponibilidad presupuestaria de hasta S/ 616 000.00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Nemónico: 0281, Especifica de Gasto: 2.3.2.2.4.1 Servicio de Publicidad;

Que, a través del Memorando N° 2388-2024-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 0708-2024-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto y el Informe N° 0294-2024-MTC/09.01 de su Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica, mediante los cuales emite opinión favorable a la propuesta de modificación del “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, toda vez que se cuenta con disponibilidad presupuestaria hasta por el importe de S/ 4 969 334.00; de los cuales S/ 4 353 334.00 corresponden a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: MTC – Administración General y, S/ 616 000.00 al presupuesto institucional asignado a la Unidad Ejecutora 007: Provías Nacional;

Que, el literal k) del artículo 15 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01, establece como una de las funciones de la Secretaría General, el expedir resoluciones en materia de su competencia o en aquellas que se le delegue;

Que, el numeral 4.7 del numeral 4 de la Resolución Ministerial N° 1787-2023-MTC/01, que delega facultades a funcionarios y servidores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como a organismos públicos y programas del Ministerio, se delega a la Secretaría General la facultad de aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;

Que, en atención a la propuesta de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional y, la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que modifique el “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modificada por la Ley N° 31515, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 064-2023-PCM; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Resolución Ministerial N° 1787-2023-MTC/01, que delega diversas facultades a funcionarios y servidores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como de organismos públicos y programas; la Resolución de Secretaría de Comunicación Social N° 003-2022-PCM/SCS, que aprueba la Directiva N° 002-2022-PCM/SCS “Lineamientos aplicables al proceso de coordinación para el desarrollo y difusión de las campañas comunicacionales del Poder Ejecutivo” y; la Resolución Secretarial N° 074-2008-MTC/04, que aprueba la Directiva N° 002-2008-MTC/04 “Pautas y procedimientos para solicitar la contratación de servicios de publicidad y de divulgación en prensa escrita, radio, televisión y otros medios de comunicación por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del “Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) 2024 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobado con la Resolución Secretarial N° 036-2024-MTC/04, modificado con la Resolución Secretarial N° 105-2024-MTC/04, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la Resolución Secretarial en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CENTURIÓN LINO

Secretaria General

2348079-1